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El Poder Judicial requiere al Gobierno la ley del matrimonio gay

El ministro López Aguilar insiste en que no es preceptivo enviar la norma al consejo

El Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) acordó ayer, por 12 votos a favor, 6 en contra y 2 abstenciones, requerir del Gobierno el proyecto de ley que regulará el matrimonio entre homosexuales, para emitir un informe sobre el texto. El ministro de Justicia, Juan Fernando López Aguilar, replicó ayer tarde que el Ejecutivo no va a atender la petición del CGPJ porque el informe no es "preceptivo".

El Pleno del Poder Judicial vivió ayer otra jornada de desencuentros entre los vocales de los sectores progresista y conservador, hasta el punto de que dos representantes de cada sector comparecieron ante los medios informativos para ofrecer sus respectivas versiones de la reunión después de la facilitada por el portavoz institucional, Enrique López.

La moción de reclamar del Gobierno que remita el proyecto sobre matrimonios de homosexuales para informe del Consejo fue adoptada con los votos del presidente del CGPJ, Francisco Hernando, los diez vocales propuestos por el PP y el de CiU, Alfons López Tena. Votaron en contra de los seis vocales propuestos por el PSOE y se abstuvieron el independiente Agustín Azparren y el vocal propuesto por IU, Félix Pantoja.

El portavoz, Enrique López, hizo hincapié en que la votación se había logrado por tres quintos de los vocales presentes, tal como proyecta una modificación del sistema de nombramientos a través de otra norma en trámite. El portavoz dio cuenta de que la mayoría entiende que se ha hecho una "interpretación restrictiva del artículo" 108 de la ley del Poder Judicial, que establece la lista de anteproyectos y disposiciones que deben ser informados por el Consejo.

En el plano jurídico, la discusión entre los dos bloques en torno al artículo 108 se centró en si el matrimonio entre homosexuales afecta al ejercicio de derechos fundamentales, en cuyo caso el informe sería preceptivo. Para los vocales de la mayoría, la cuestión podría afectar al derecho fundamental a la no discriminación por razón de sexo, del artículo 14 de la Constitución.

Para la minoría progresista, el derecho a contraer matrimonio está regulado en el artículo 32 de la Constitución y sólo son derechos fundamentales los comprendidos entre los artículos 14 y 29.

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