El precedente republicano
La primera vez que el Parlament legisló sobre derecho civil catalán fue en la etapa republicana. Pese a las tensiones políticas de la época, salieron adelante cuatro leyes que significaron un avance sin precedentes, según explica la catedrática de Derecho Civil de la Universidad de Barcelona Encarna Roca.
La más importante fue la Ley de Contratos de Cultivo, que intentó poner paz a las tensiones que se vivían entre propietarios y payeses, cuando la mayoría de la población dependía de la economía agrícola. La ley otorgaba a los agricultores el derecho a comprar la tierra y regulaba su arrendamiento durante un mínimo de seis años. Hasta entonces, los payeses tenían la obligación de entregar a los propietarios una parte de la cosecha.
La Ley de Contratos de Cultivo entró en vigor el 5 de mayo de 1934, pero el Gobierno de la República la recurrió, y el 6 de junio de ese mismo año fue anulada por el Tribunal de Garantías -un equivalente al actual Tribunal Constitucional- por 13 votos a 10, al considerar que el Parlament carecía de competencias para legislar sobre esa materia. Pero la mayoría de izquierda del Parlament no se arrugó y el 12 de junio volvió a aprobar la misma ley anulada sin tocar ni una coma. El Gobierno central la derogó y al final pactó con la Generalitat unas modificaciones para facilitar su aplicación.
Otras leyes civiles que aprobó el Parlament en ese corto periodo de tiempo fue la Ley de Mayoría de Edad, que la rebajó de 25 a 21 años, así como la Ley de Igualdad entre los Cónyuges y la Ley de Sucesión Intestada.
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