Los tribunales rechazan la responsabilidad del Estado en la demanda contra las tabacaleras
La Audiencia de Madrid afirma que Altadis asumió toda la responsabilidad al ser privatizada
La Audiencia Provincial de Madrid ha rechazado considerar al Estado como responsable en la demanda presentada por la Junta de Andalucía contra Altadis (antigua Tabacalera) y otras seis compañías tabaqueras. En la demanda, el Servicio Andaluz de Salud (SAS) reclama a estas empresas el pago 1,77 millones de euros por la atención sanitaria prestada a 135 pacientes con patologías contraídas a causa de su adicción al tabaco. La decisión de la Audiencia enmienda a la juez instructora, que planteó incluir como demandado al Estado por haber sido Tabacalera un monopolio estatal hasta 1998 (fecha en la que muchos pacientes ya habían enfermado). La Audiencia, sin embargo, considera que la compañía, tras ser privatizada, asumió "todos sus derechos y obligaciones y todas las responsabilidades futuras".
El fallo emitido el pasado día 6 por la Audiencia Provincial de Madrid no hace más que confirmar las alegaciones que en su día hiciera el Gobierno andaluz a la declinatoria interpuesta por las tabacaleras para que fuese la jurisdicción contencioso-administrativa la que se hiciese cargo del proceso. Entonces, la juez que instruía la demanda civil contra Altadis y otras seis compañías tabaqueras más, consideró, a instancias de los demandados, que el Estado debía tomar parte en el proceso al haber sido titular del monopolio en la fecha en la que estos pacientes enfermaron.
Ahora la Audiencia de Madrid dice que no; que el Estado no tiene por qué ser incluido inicialmente en la demanda y que, en todo caso, debe ser "el juez de oficio, en cualquier momento del proceso" el que tome tal decisión, según se dice en el segundo de los puntos argumentales del auto emitido.
El ministerio fiscal por su parte concluye, en el dictamen que emite y del cual se hacen eco los magistrados, que "la jurisdicción civil es la competente". Y añade: "Aun cuando a efectos dialécticos se considere responsable al Estado de los daños causados por el tabaco, dicha responsabilidad, en cuanto a culpa extracontractual, sería solidaria, lo cual excluirá la necesidad de ser demandado".
La Audiencia Provincial de Madrid entiende que Altadis (hasta 1998, Tabacalera) es una empresa privada, y como tal asumió en su día "la transmisión de un patrimonio en su totalidad". Es decir, los tres magistrados consideran que, tras ser privatizada, la nueva compañía asumió "todos sus derechos y obligaciones y todas las responsabilidades futuras". Por ello, estiman los jueces que no cabe argumentar incompetencia de la jurisdicción civil, como alegaba la industria tabacalera al pretender que el Estado forme parte del proceso, ya que las supuestas obligaciones son de la nueva compañía, no del Estado "puesto que habrían nacido con posterioridad".
Fuentes de la Administración andaluza resaltaron la importancia del fallo. "Es la primera vez que la potente industria tabacalera sufre un revés", precisaron.
Ahora la juez instructora tendrá que seguir con el caso por la vía civil y pedirá a las tabacaleras que presenten sus alegaciones a la demanda interpuesta. Será durante ese proceso de instrucción, cuando nuevamente se determine si el Estado tiene o no algún grado de implicación en el daño que causa el tabaco.

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