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El Tribunal Superior catalán obliga a la sanidad pública a pagar un cambio de sexo

La sentencia justifica la medida en que la afectada se siente mujer desde los siete años

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha dictado una sentencia por la que condena al Departamento de Sanidad de la Generalitat de Cataluña a costear una intervención quirúrgica de cambio de sexo a un hombre de 29 años. Los jueces aseguran, a partir del informe psiquiátrico, que se siente mujer desde los siete años y que sufre un trastorno de identidad sexual que le aboca a un síndrome depresivo. Por ello, consideran que el mejor tratamiento es la operación y que se trata de una "enfermedad psíquica" que debe costear la sanidad pública.

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La sentencia de la Sala de Lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) confirma la que el Juzgado de lo Social número 15 de Barcelona dictó en enero de 2002, contra la cual recurrió la Generalitat. Ahora los jueces ordenan explícitamente al Servicio Catalán de la Salud que "fije día y hora para la intervención en el plazo más breve posible" y en un centro hospitalario público, al tiempo que reconoce explícitamente a Olalla -que es como se hace llamar la afectada- su derecho "a ser intervenido quirúrgicamente para la reconstrucción femenina de sus órganos genitales externos".

Un portavoz del Departamento de Sanidad de la Generalitat catalana aseguró ayer que es posible que se presente recurso ante el Tribunal Supremo. Si fuese así se paralizaría la ejecución de la sentencia y, por tanto, la operación quirúrgica se aplazaría al menos durante un año y medio.

La batalla legal de Olalla (que en el registro todavía figura como Raúl C. F.) se inició en 1999, cuando solicitó de la sanidad pública esa operación. En noviembre de aquel año fue desestimada por primera vez. Insistió en otras dos ocasiones y al obtener la misma respuesta acudió a los tribunales. Ahora el TSJC le da la razón con un argumento contundente: la prestación sanitaria que reclama la mujer no está excluida de la ley, por lo que tiene derecho a recibirla "como único medio de alcanzar su salud mental y poder desarrollar una vida plena en su entorno familiar, profesional y social".

Por el contrario, el citado portavoz de Sanidad aseguró que si se recurre contra la sentencia es porque sienta un precedente y porque la Generalitat entiende que la intervención quirúrgica para el cambio de sexo no está incluida en el catálogo de prestaciones de la sanidad pública salvo en alteraciones físicas como el hermafroditismo o androgenismo, que no es el caso.

Frente a ese argumento, los jueces entienden que "la sanidad pública no sólo está obligada a prevenir y curar las enfermedades físicas, sino también las psíquicas" y que, por tanto, "resulta una ficción el separar los defectos psíquicos de los físicos para excluir así prestaciones sanitarias".

Ingesta de hormonas

Olalla trabaja como teleoperadora en un servicio de información de Barcelona, tiene la titulación de profesora de grado medio de piano y solfeo, es la presidenta del Colectivo de Transexuales de Cataluña y secretaria de la Federación de Transexuales de España. Hace cuatro años, cuando tenía 25, inició un proceso transexualizador y hormonal femenizador tras haber sido diagnosticada como transexual por los servicios médicos y psiquiátricos. En 2001 intentó un cambio de sexo y nombre en el Registro Civil, pero la justicia se lo denegó alegando que "la situación de transexual no ha sido prevista en el ámbito civil".

Los jueces siempre se refieren a la afectada en género femenino y recuerdan que el informe del perito judicial fue contundente cuando alegó que desde los siete años Raúl "no se ha identificado morfológicamente con su ser varonil". Sin embargo, añade que las niñas siempre la rechazaron por su "cuerpo masculino" y los niños, por su "psiquismo femenino". La madre también declaró en la tramitación de ese recurso judicial y no sólo avaló la tesis del perito, sino que recordó que esa situación contradictoria llevó a la afectada a un intento de suicidio. Los jueces añaden que la mujer vive desde la infancia "con sentimiento de humillación y vergüenza por la colisión entre su estructura morfocorporal y la manera de entenderse a sí misma".

La sentencia también añade que la perjudicada siente atracción por los hombres, pero tampoco puede mantener relaciones sexuales con ellos porque se lo impiden sus genitales, y finalmente recuerda que "presenta actitudes, porte, vestimenta y semblante femenino con normalidad y sin excentricidad o histrionismo en su aspecto o conducta". La consecuencia de todo eso, dicen los jueces, ha sido un "trastorno de identidad sexual que provoca malestar clínico significativo y deterioro social, laboral y de relación, padeciendo un síndrome ansioso-depresivo".

Manifestación de transexuales en Madrid, en el marco del Día del Orgullo Gay de 1997.
Manifestación de transexuales en Madrid, en el marco del Día del Orgullo Gay de 1997.GORKA LEJARCEGI

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