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Pujol impide a La Caixa elegir presidente hasta el cese de Vilarasau

La Generalitat exige la inscripción previa en su registro de los consejeros

El Gobierno catalán, que preside Jordi Pujol, ha introducido una cláusula en la Ley de Acompañamiento de los Presupuestos que impide al consejo de La Caixa designar libremente al nuevo presidente hasta el cese del actual, Josep Vilarasau, que deberá dejar el cargo, según esta nueva ley. La ley catalana establece que el consejo sólo podrá nombrar presidente a los vicepresidentes o al consejero de más edad hasta la renovación del consejo.

La ley catalana de cajas ya señalaba a los vicepresidentes o al vocal de más edad para sustituir al presidente en los casos de "falta de acuerdo para nombrar al presidente o en ausencia del mismo". Nada decía la ley sobre una dimisión anticipada, que se regula por los estatutos de cada caja. Ahora se agrega la coletilla de que "hasta que tenga lugar la primera renovación del consejo" (...) no se podrá elegir libremente al presidente "si se produce una vacante en el cargo de presidente".

La nueva norma deja sin efectos los estatutos de las cajas para nombrar presidente al consejero que elijan. Las cajas sólo podrán designar libremente al presidente cuando cesen los actuales. Además de Vilarasau, en Cataluña deben abandonar el cargo el año que viene los presidentes de Caixa Penedès, Josep Parera, y el de Manlleu, Pere Rifà. Los tres deben dejar el cargo porque la Generalitat ha fijado un tope de 20 años para permanecer de consejero o presidente en una caja. Para el cómputo del tiempo de consejero se sumará también el de director general. Es la manera de asegurar el cese de Vilarasau que lleva menos de cuatro años como presidente pero fue director general durante otros 23.

Los dos vicepresidentes de la Caixa, Josep Joan Pintó y Enric Alcántara, también superan el tope, por lo que si Vilarasau dimite anticipadamente también deben dejar el cargo en junio como fecha límite.

Registro de altos cargos

El Gobierno catalán también ha introducido en la Ley de Acompañamiento otra medida intervencionista. A partir de ahora será requisito previo la inscripción de los consejeros en el registro de altos cargos de las cajas catalanas para poder ejercer el cargo. La medida dice literalmente: "Las inscripciones correspondientes en el registro de altos cargos de las cajas (...) serán requisito previo para la efectividad de los cargos sujetos a inscripción". Ahora no existe este requisito y los consejeros ejercen sin necesidad de esperar al registro, que suele tardar unos días o semanas por el trámite administrativo. Fuentes jurídicas mostraron su extrañeza por este requisito que equipararon a una especie de placet por parte del Gobierno catalán para ocupar el puesto de consejero.

Con anterioridad a este tope de edad, el Gobierno central había exigido el tope de los 70 años para ser elegido consejero de una caja de ahorros. Al final ha pactado con la Generalitat suavizar este límite y dejar que sean las entidades las que sigan regulando la edad máxima de los consejeros. Aún así, señala que si las cajas no introducen un límite de edad regirá el tope estatal de 70 años. La ley catalana de cajas no entrará en vigor hasta el uno de enero y se pretende evitar un vacío legal durante el tiempo que falta hasta final de año. Las fuentes consultadas dicen que sin este cambio primaría la ley estatal sobre el relevo del presidente que no fija ninguna condición.

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