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LA REFORMA DEL DESEMPLEO

El Gobierno da marcha atrás en el 'decretazo', salvo en el subsidio agrario

Méndez y Fidalgo mantendrán su discrepancia hasta que se vuelva al subsidio agrario de 2001

El Gobierno, a través del Grupo Popular, introdujo ayer cambios sustanciales en el decretazo. Las 24 enmiendas aceptadas por el PP recogen siete de las ocho modificaciones exigidas por los sindicatos. Las centrales consideraron ayer que se trata de 'una restitución de derechos', con una excepción, las restricciones al subsidio agrario, que el Gobierno quiere mantener. El ministro de Trabajo, Eduardo Zaplana, cumple así su compromiso de la semana pasada y abre una vía para solucionar el conflicto con CC OO y UGT que el Ejecutivo arrastra desde la huelga general del 20 de junio.

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El PP presentó ayer 30 folios con enmiendas al decretazo, que contarán seguramente con el apoyo de CiU y Coalición Canaria. Se trata de un hecho insólito. Los decretos-ley enviados hasta ahora por el Ejecutivo al Parlamento para tramitarlos como leyes han sufrido sólo leves retoques. En esta ocasión, el Gobierno acepta 24 modificaciones sustanciales que el ministro Zaplana explicó ayer a los líderes de CC OO y UGT, José María Fidalgo y Cándido Méndez.

Los cambios restituyen el derecho al salario de tramitación (que se devengará mientras la justicia falla si el despido es improcedente), así como la protección al desempleo para los trabajadores fijos discontinuos, y suaviza las condiciones para que los parados se vean obligados a aceptar ofertas de empleo del Inem.

Fidalgo y Méndez reconocieron sin rodeos que se trata de 'modificaciones sustanciales, no meramente cosméticas', y de 'una reconsideración importante que hace el PP' de los efectos de la reforma del desempleo, detonante de la huelga general del 20-J. Con una salvedad. Las enmiendas no afectan a la desaparición paulatina del subsidio agrario de los jornaleros andaluces y extremeños. Esa excepción es la que, a juicio de los sindicatos, 'impide que se cierre el conflicto abierto con el Gobierno'.

Zaplana aseguró: 'Si no hemos ido más allá es porque no podemos', y se remitió a las enmiendas introducidas por el Grupo Popular el pasado 16 de septiembre, que consisten en reforzar las políticas activas y de formación para que los jornaleros puedan buscar empleo en otras actividades.

Méndez y Fidalgo precisaron que si no se restituyen los derechos a los trabajadores del campo, los sindicatos mantendrán 'las discrepancias'. Reclaman que el desempleo agrario 'vuelva a quedar como lo dejó Javier Arenas' en su etapa en Trabajo. Y que los jornaleros que opten por pasar al desempleo contributivo tengan los mismos requisitos que los trabajadores del régimen general.

Pese a esa discrepancia, Zaplana cree que ayer se abrió 'una etapa nueva', ante la que no pudo ocultar su satisfacción. De hecho, tiene otra cita con Fidalgo y Méndez el próximo lunes para abordar la elevada siniestralidad laboral. Para explicar por qué se cambia ahora el decretazo, y no antes de la huelga general, Zaplana argumentó: 'Los momentos en la vida son distintos. En aquella etapa pudo haber algún fallo por parte del Gobierno, pero también la posición de los sindicatos era distinta'. Luego matizó que su opinión no supone reconocer un error del Ejecutivo, pero sí que 'el acaloramiento del debate de entonces no es el que nos acompaña ahora'. El ministro expuso a los líderes sindicales las siguientes modificaciones:

- Fijos discontinuos. Los trabajadores de sectores de temporada, como hostelería o enseñanza, recuperan el desempleo para los periodos de inactividad, que habían perdido con el decretazo.

- Oferta adecuada. Tal como propuso CiU, los trabajadores que vayan al paro tendrán un periodo de 100 días para buscar libremente un empleo, plazo en el que el 80% consigue por sí mismo un nuevo puesto de trabajo. Es a partir de ese momento cuando deben firmar el compromiso de actividad con el Inem (por el que deberán aceptar una oferta de trabajo 'adecuada'), y el organismo debe tener en cuenta la existencia de transporte público y que el carácter del contrato y su duración guarden relación con el último empleo del afectado.

- Salarios de tramitación. Tras un despido que el trabajador presume improcedente, si el empresario deposita la indemnización en el juzgado en 48 horas, a la espera de sentencia, queda cerrado el contencioso. Si prefiere hacer ese depósito en el acto de conciliación (que se celebra unos 20 días después) pagará salario de tramitación durante ese periodo. Si el empresario opta por ir a juicio y se resuelve que el despido es improcedente, pagará salario de tramitación durante todo el tiempo transcurrido, aunque sea más de dos meses. Antes del decretazo, tras los dos primeros meses pagaba la Administración, al considerarse el plazo imputable a la lentitud de la justicia.

- Compatibilidad de rentas. La indemnización por despido no es incompatible con el derecho al subsidio de paro, salvo la cantidad que exceda del mínimo legal.

- Vacaciones no disfrutadas. Cuando acaba un contrato, el empresario debe remunerar al trabajador por las vacaciones pendientes y abonar cotizaciones para la pensión y el desempleo por ese tiempo.

- Autónomos y minusválidos. Los trabajadores que quieran montar un negocio pueden cobrar el desempleo de una sola vez y tendrán una rebaja de cuotas por su primer contratado fijo. La sustitución de un trabajador de baja por un minusválido tendrá coste cero en cotizaciones a la Seguridad Social.

Eduardo Zaplana, flanqueado ayer por José María Fidalgo (izquierda) y Cándido Méndez.
Eduardo Zaplana, flanqueado ayer por José María Fidalgo (izquierda) y Cándido Méndez.RICARDO GUTIÉRREZ

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