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El tiempo mínimo de garantía para los bienes de consumo se elevará a dos años

La norma permite al consumidor pedir siempre la sustitución de un producto defectuoso

El Ministerio de Justicia tiene ya lista la futura ley sobre garantía de bienes de consumo. La norma establece que el consumidor tendrá derecho a una garantía mínima de dos años en los productos que compre (hoy sólo tiene seis meses), además, podrá escoger entre la reparación o la sustitución ante un producto defectuoso. Asimismo, la ley impone que la responsabilidad del servicio recaiga en el vendedor, no en el fabricante. La ley, según el Ministerio de Justicia, entrará en vigor previsiblemente antes de 2003 (con un año de retraso respecto al plazo fijado por la Unión Europea).

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Reclamar antes de que pasen seis meses de la compra

El PSOE y la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) consideran que la directiva es de mínimos y que el anteproyecto del Gobierno no la amplía en nada. También, que el texto gubernamental incluye términos ambiguos. Por eso esperan que se corrija durante la tramitación parlamentaria. La OCU critica la 'desidia del Gobierno' y el PSOE su 'ineptitud'.

El anteproyecto aún puede sufrir cambios durante el periodo de tramitación, aunque tendrá que adaptarse a una directiva que afecta a todo el mundo. Sin excepción, porque todo aquel que compre a título individual una lavadora, un coche, unos zapatos de tacón de aguja o un teléfono móvil estará sujeto a ella. Los fabricantes y vendedores también.

Los fabricantes discrepan de la normativa que se implantará. El director general de la Asociación Nacional de Electrodomésticos, Antonio Álvarez Barrios, señala que los fabricantes temen verse inmersos en una 'garantía eterna'.

- Garantía legal. Asciende a partir de la nueva ley a un mínimo de dos años, en vez de los actuales seis meses fijados por la Ley General de Defensa de los Consumidores y Usuarios de 1984. Muchos fabricantes ofrecen en realidad más tiempo al comprador, aunque se trata de la denominada garantía comercial, que incluye condiciones. Condiciones que con la nueva norma tendrán que desaparecer. Existen marcas de automóviles, por ejemplo, que hoy ya ofrecen tres años de garantía. Sin embargo, con esa garantía están obligando a cumplir una serie de requisitos, tal como pasar revisiones periódicas -que además resultan caras- en sus concesionarios. Una vez que la nueva ley entre en vigor, no podrán introducirse esas condiciones. La garantía pasará a ser de dos años como mínimo para todo el mundo. Incluso, en el caso de los automóviles, para aquellos que sobrepasan el límite de kilometraje que imponen como tope los fabricantes.

En principio, la norma no afectará a los profesionales. Por ejemplo, un taxista que compre un coche para trabajar no estará sujeto a estas nuevas normas, porque no se le considerará como consumidor. Sin embargo, incluso en el caso de los profesionales, el secretario general de la OCU, José María Múgica, no ve imposible que sus derechos puedan quedar protegidos por la directiva, aunque sugiere que deberá recurrirse al pleito.

- Devolución o reparación. La nueva ley permitirá al consumidor, en caso de no estar de acuerdo con el contrato firmado, exigir entre la reparación y la sustitución del producto. Siempre, eso sí, que la sustitución no resulte 'imposible o desproporcionada', señala el anteproyecto de ley. Tanto la reparación como la sustitución resultarán gratuitas para el consumidor, según la normativa. En caso de que no se le repare o sustituya, el consumidor contará con la opción de rescindir el contrato y exigir que le devuelvan el dinero.

Con arreglo a la legislación actual, el consumidor debe soportar una reparación antes de optar por el cambio del producto defectuoso. Algo que, sin embargo, según la experiencia registrada por la OCU, rara vez llega a producirse. Como ejemplo, Múgica explica que en sus más de 20 años de historia sólo han conseguido que a un socio le cambiaran el coche tal como había solicitado, 'y eso se logró tras efectuar cinco o seis reparaciones'.

Múgica explica cómo funcionan las cosas a día de hoy: 'A ti se te rompe por ejemplo una lavadora, y te la arreglan. Si a los dos meses se te vuelve a romper, claro que tienes derecho a que te la cambien por otra nueva. Pero lo que ocurre es que, por regla general, te dicen que se te ha roto otra pieza'.

- Trasposición. El retraso en trasponer la directiva a la legislación nacional le puede salir muy caro a España. Al menos ésa es la intención proclamada por la OCU. En mayo pasado, en un proceso iniciado por esta organización, la Audiencia Nacional condenó a la Administración española a pagar sendas indemnizaciones a siete consumidores que habían resultado estafados en contratos de multipropiedad. La condena se produjo porque España no había traspuesto en el plazo marcado por la Unión Europea la directiva relativa a multipropiedad.

Alentados por ese triunfo, en la OCU esperan acumular quejas de socios y presentar un recurso para que el Estado indemnice a los consumidores que no puedan acceder a sus derechos por actual falta de legislación. Será, presumiblemente, en diciembre.

La secretaria de Consumidores y Usuarios del PSOE, Isabel Pozuelo, considera 'indignante que el Gobierno desproteja a los ciudadanos y los obligue a ir a los tribunales para conseguir unos derechos que la UE ya ha reconocido'.

El ministro de Justicia, José María Michavila.
El ministro de Justicia, José María Michavila.GORKA LEJARCEGI

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