La Audiencia de Granada ordena la prisión de dos médicos por un aborto
El ginecólogo y el dueño de la clínica fueron condenados a ocho meses
La Audiencia Provincial de Granada ha dado cinco días de plazo a un ginecólogo y al propietario de una clínica autorizada de interrupción del embarazo para que ingresen en prisión y cumplan una condena de ocho meses por practicar en 1991 un aborto. Tanto la Audiencia de Granada como el Tribunal Supremo declararon ilegal el aborto porque contó con el respaldo de una psicóloga y no de un médico psiquiatra.
'Ya no sé qué pensar. No sé si se trata de una persecución racista porque gran parte de los médicos implicados en abortos en clínicas autorizadas en España somos extranjeros. Yo nací en Colombia, pero trabajo en España desde hace cuarenta años', explica tembloroso de indignación Bolívar Osvaldo Serge, el ginecólogo que siete años después de practicar un aborto en apariencia legal puede ingresar en prisión la semana próxima. El hecho de que ambos fueran reincidentes (fueron condenados en 1998 por un caso exactamente igual) impide la postergación del castigo.
Bolívar Serge era colaborador médico de la Clínica Ilíberis, dirigida por Mohamed Zacarías, el otro condenado, cuando en 1995, y a la vista de un informe favorable de la psicóloga que habitualmente intervenía en tales casos, fue requerido para practicar un aborto a una mujer que alegaba grave riesgo para su salud mental.
Como en otras interrupciones de embarazo, la clínica no tenía duda de que actuaba legalmente y que era suficiente con el informe de la psicóloga del centro para certificar el daño que la continuación de la gestación podía causar en la mujer. Sin embargo, la denuncia presentada por el compañero sentimental de la embarazada convirtió una intervención médica ordinaria en un caso judicial.
La Audiencia de Granada y, posteriomente, el Supremo descalificaron a la psicóloga y alegaron que, según la ley, carecía de los conocimientos necesarios para certificar los daños psíquicos a que estaba expuesta la mujer. A juicio de ambos tribunales, el certificado sólo podía expedirlo un médico, en este caso un psiquiatra. No obstante, el Supremo redujo en cuatro meses la condena inicial de un año a que fueron condenados Serge y Zacarías por la Audiencia granadina. Paradójicamente, la psicóloga fue absuelta, así como la mujer que voluntariamente acudió a la clínica para abortar.
'Se consultó entonces al Ministerio de Justicia sobre la capacitación de la psicóloga y contestó que no era un asunto de su competencia. La clínica recurrió luego al Ministerio de Sanidad y Consumo, que ni siquiera respondió. La clínica interpretó que quien calla otorga y continuó aceptando la mediación de la psicóloga en todos los casos. Yo, como ginecólogo colaborador, no estaba obligado a conocer los matices legales y acepté el informe que me extendieron', recuerda Serge, que ya ha cumplido la primera parte de la condena: la inhabilitación para ejercer su profesión durante ocho meses.
Los abogados de ambos condenados, ante la inminencia de su ingreso en prisión, han pedido que que no se ejecute la sentencia hasta que el Tribunal Constitucional resuelva un recurso de amparo por vulneración de la tutela de la justicia efectiva presentado con anterioridad. Además, hace diez días iniciaron una recogida de firmas para solicitar el indulto al Gobierno.
Bolívar Osvaldo Serge aseguró ayer que aún no ha recibido la requisitoria de ingreso en prisión de la Audiencia de Granada. A partir de su recepción tendrá cinco días para ir a la cárcel voluntariamente. En caso contrario, se le declararía en busca y captura. El ginecólogo se mostró 'destrozado' por la posibilidad de ingresar en la cárcel apenas unas semanas después de haber cumplido los ocho meses de suspensión en el ejercicio de sus funciones profesionales, que le ha procurado graves inconvenientes económicos.
Capacidad y preparación
La sentencia dictada hace tres años por la Audiencia Provincial de Granada trajo consigo una apreciable polémica, a la que no fue ajeno el órgano colegiado de los psicólogos, que defendió en todo momento la capacidad de sus miembros para certificar en las interrupciones voluntarias de los embarazos. Aunque los dos únicos casos que trascendieron a los tribunales fueron desautorizados, la clínica Ilíberis empleó en otras ocasiones el asesoramiento de un licenciado en Psicología. Prueba de la diferencia de parecer es que uno de los miembros del Supremo, José Antonio Martín Pallín, planteó un voto particular porque en su opinión los psicólogos 'sí tienen capacidad técnica y preparación'.
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