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El macrojuicio a los 'narcos' arranca con los tres jueces acusados de prevaricación

El fiscal pide 1.046 años de cárcel para 37 acusados de introducir 12.000 kilos de cocaína

El macrojuicio por la Operación Temple, en la que fue desmantelada una organización de narcotráfico que introdujo en España 12 toneladas de cocaína, arranca hoy amenazado de suspensión. Ocurrirá si la Sala Segunda del Supremo admite a trámite la querella de la Fiscalía contra los tres magistrados que integran el tribunal, Carlos Cezón, Juan José López Ortega y Carlos Ollero, y el Consejo General del Poder Judicial les suspende de sus funciones. Aunque se hubiesen celebrado ya más de medio año de sesiones, el juicio debería ser anulado, pues los magistrados no podrían dictar sentencia y tampoco podrían ser sustituidos, porque los nuevos no habrían visto las pruebas.

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El fiscal pide 1.046 años de cárcel para los 37 acusados. Uno de ellos, Carlos Ruiz Santamaria, El Negro o Pelopincho, al que se considera cabecilla de la organización en España, no se sentará en el banquillo pues se fugó tras ser excarcelado el pasado 22 de diciembre por decisión de los tres magistrados que hoy deberían juzgarle. Esa resolución precipitó una querella de la fiscalía general por prevaricación contra los tres jueces. La simple admisión a trámite de la querella, según establece la Ley del Poder Judicial, supondría la suspensión de funciones de Carlos Cezón, Juan José López Ortega y Carlos Ollero, que no podrían seguir al frente del tribunal.

En tal caso, no quedaría más remedio que anular la vista y repetir de nuevo todo el juicio con otros magistrados diferentes, independientemente del coste que ello tuviera, tanto para la Administración de Justicia como para los acusados privados de libertad y para los propios letrados, para los que repetir cinco meses de juicio supondría un severo quebranto en las finanzas de sus despachos. Y eso sin contar que los letrados de oficio cobran 100.000 pesetas por asistir, en sesiones de más de ocho horas diarias, a toda la vista.

El pasado viernes se intentaron buscar soluciones, pero resultaron infructuosas. En la Audiencia Nacional se barajó la posibilidad de sustituir a los magistrados por otros suplentes, integrantes también de la Sección Cuarta, pero no es posible. Primero, porque los acusados tienen derecho al juez predeterminado por la ley y el tribunal está integrado por estos magistrados, lo que en caso de ser sustituidos sin razón aparente daría lugar a la vulneración de derechos fundamentales de los acusados y supondría la anulación de la vista.

Además, si los magistrados se abstuvieran, implicitamente estarían reconociendo su culpabilidad, cuando han defendido en todo momento la legalidad jurídica de la resolución que adoptaron en diciembre al poner en libertad con una simple fianza a Carlos El Negro, independientemente de que haya resultado fallida al haber huido el supuesto narcotraficante.

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El fiscal general del Estado, Jesús Cardenal, anunció el viernes que no ha ordenado a la Fiscalía Antidroga que presente una recusación contra los magistrados, si bien cabe la posibilidad de que alguno de los letrados de los 37 procesados la presente. No obstante, en caso de que fueran a hacerlo, deberían de haberlo hecho ya, puesto que la recusación de magistrados tiene un trámite muy preciso que obliga a presentarla 'tan pronto como se tenga conocimiento de la causa de recusación', según la Ley Orgánica del Poder Judicial. Ello supone que se rechacen siempre por extemporáneas cuando no se cumple ese requisito. Todo ello hace suponer que el tribunal se constituirá hoy y que la vista se iniciará con normalidad.

Tampoco parece posible que los tres magistrados de la Operación Temple decidan suspender o aplazar la vista hasta que el Supremo resuelva la admisión de la querella, porque estarían incurriendo en delito de retraso malicioso en la Administración de la Justicia, por muy razonables y prácticos que fueran sus propósitos.

La decisión del Supremo

Todo está en manos de la Sala Segunda del Supremo, que ha dispuesto que sean cinco magistrados los que examinen la querella por prevaricación dolosa (intencionada) presentada por Cardenal. El Tribunal Supremo suele resolver con calma y nunca adopta resoluciones precipitadas, por lo que no se espera que la decisión sobre si admite o no a trámite la querella se realice de forma inmediata. A modo de ejemplo, la querella contra el juez Javier Gómez de Liaño tardó más de cinco meses en ser admitida a trámite.

Si fuera admitida la querella, el Supremo debería informar al Consejo General del Poder Judicial para que, a los efectos del artículo 383 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, éste organismo suspenda en sus funciones a los jueces. Además. el alto tribunal debería decidir, en caso de pronunciarse sobre la admisión a trámite, el tipo de procedimiento que abre, si abreviado o sumario, atendiendo a la duración de las penas previstas para el delito de prevaricación.

En el caso Liaño, el precedente más próximo de una querella por prevaricación, el Tribunal Supremo optó por abrir sumario, por lo que la suspensión del entonces juez de la Audiencia Nacional no se produjo hasta después de que fue procesado.

En la querella presentada ahora contra los tres magistrados de la Operación Temple, el fiscal insta ya la suspensión inmediata tras la admisión de la querella, pero ha previsto también la otra posibilidad y ha solicitado -antes de la admisión de la querella y de oír a los magistrados querellados- el procesamiento de Cezón, López Ortega y Ollero, lo que evidencia que su verdadero objetivo es conseguir la suspensión de los jueces y apartarles de la Sección Cuarta de la Audiencia Nacional.

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