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Reportaje:

Una embajada para un golpe

El alcalde de Río de Janeiro denuncia que el compló de Pinochet se concretó en la legación brasileña en Chile

El 7 de septiembre de 1973, cuatro días antes de la sangrienta rebelión militar chilena del general Augusto Pinochet, la Embajada de Brasil en Santiago fue escenario 'de una reunión que definió, decidió, preparó y detalló el golpe'. Lo asegura el actual alcalde de Río de Janeiro, César Maia, en una dura Carta abierta a Itamarati (ministerio de Asuntos Exteriores) que acaba de publicar el Jornal do Brasil, en la que detalla la implicación de la sede diplomática en los preparativos del golpe de Estado.

'Nuestra embajada fue transformada en un nido clandestino de conspiradores, en una sala de guerra, con toda la parafernalia escénica del caso', recuerda el alcalde. Aquel día, al tiempo que la embajada se vestía de gala para celebrar la fecha más importante de Brasil -el Día de la Independencia-, en una sala contigua, un grupo de golpistas daba los últimos detalles de la sublevación militar.

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César Maia cita el testimonio de varios diplomáticos 'avergonzados e indignados' que estuvieron presentes en la recepción. 'Hace 28 años, la Embajada de Brasil deshonró la tradición de Itamarati [sede del ministerio de Asuntos Exteriores]', subraya la primera autoridad municipal de Río de Janeiro, antiguo militante de izquierda, que estuvo exiliado en Chile en los años más duros de la dictadura brasileña, que se prolongó de 1964 a 1985.

Según esta versión, la llegada al poder de Salvador Allende al frente de la Unidad Popular sembró el pánico en las familias de la alta burguesía chilena. Asegura Maia que los armarios de la Embajada de Brasil en Santiago 'fueron usados para guardar joyas, cuadros, abrigos de piel y otros bienes que pertenecían a personas adineradas de la alta sociedad local. Era como si nuestra embajada hubiera sido transformada en la caja fuerte de cualquier banco'.

La carta abierta al ministerio de Exteriores deja mal parado al embajador brasileño de la época en Santiago, que en ningún momento es citado por su nombre en el artículo. Antonio Cándido da Cámara Canto, ya fallecido, era conocido en círculos de la oposición chilena como 'el quinto de la Junta', en referencia a su marcada simpatía por el nuevo órgano de poder que se instaló después del golpe y que estaba compuesto por los generales jefes del Ejército (Pinochet), Fuerza Aérea, Marina y Cuerpo de Carabineros.

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Según revela Maia, el diplomático brasileño no sólo servía café a los golpistas, sino que días después del derrocamiento del presidente Salvador Allende y la instauración de la dictadura acudió al exclusivo Club de la Unión de Santiago, donde, según testigos presenciales, 'gritó a todo pulmón: ¡Ganamos!'. '¿Ganamos qué?', pregunta el alcalde de Río. 'Esta historia grotesca y conocida provocaría, muchos años después, un alto grado de indignación en los presidentes de Brasil y de Chile al minuto después de la victoria de Lagos. A través del teléfono, respondieron en la dirección correcta y vía satélite con el mismo 'ganamos', agrega Maia.

La carta abierta concluye con una reclamación bien concreta: 'Investigar, juzgar y grabar con letras de fuego en los libros más grandes de Itamarati' los hechos citados.

Nueva orden de Garzón

El juez Baltasar Garzón ha emitido una orden de detención con fines de extradición contra 17 militares y un ex juez argentinos, que presuntamente están implicados en graves delitos. Garzón ya había formulado el año pasado otra petición en el mismo sentido contra 48 militares, pero la Justicia y el Gobierno argentino impidieron que pudiera prosperar. En esta ocasión cabe esperar idéntica actitud del Ejecutivo que preside Fernando de la Rúa, pero ahora la diferencia es que el juez que se encargará de estudiar la reclamación de su homólogo español es Gabriel Cavallo, quien declaró la inconstitucionalidad de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final, que garantizan la impunidad de los militares de la dictadura. Cavallo, que se ha reunido estos días con Garzón, podría decidirse por la aplicación del artículo 7 del Convenio de Extradición, que señala que la alternativa es extraditar a los reclamados o juzgarlos en Argentina.

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