Dos jueces reconocen la asbestosis como enfermedad profesional
Las sentencias revalorizan dos pensiones
Dos juzgados de Barcelona han revalorizado las pensiones de una mujer con asbestosis (fibrosis pulmonar) y de la viuda de un estibador portuario muerto de cáncer al considerar que ambas afecciones, cuya causa es la inhalación de amianto durante años, son enfermedades profesionales. Los jueces han elevado de forma considerable las cantidades asignadas a los afectados por el Instituto Nacional de la Seguridad Social que se limitaba a considerar la asbestosis una enfermedad común.
Uno de los casos, afecta a Isabel N. M., de 68 años, que trabajó fabricando tubos de amianto en la empresa Uralita de Ripollet-Cerdanyola en los años 1952 y 1953 y cayó enferma por primera vez en 1961. En 1983, se declaró su invalidez permanente por enfermedad laboral al sufrir desde la fecha asbestosis, bronquitis crónica y calcificación de las dos pleuras. El juez revaloriza la pensión de la mujer al afirmar en su sentencia que su patología no es común, como había declarado la Seguridad Social, sino que 'tiene la etiología, causa y origen en el trabajo prestado en la fabricación de tubos de amianto'.
En el segundo caso, otro juez ha concedido a una mujer y a su hija una pensión de viudedad y otra de orfandad que la Seguridad Social había denegado por no considerar que el fallecimiento del cabeza de familia, Antonio G.G., en 1999 fuese debido, como las afectadas reclamaban, a una enfermedad profesional.
Antonio G. G. trabajó de 1973 a 1991 como estibador en el Puerto de Barcelona, una zona denunciada por los abogados del Colectivo Ronda, que han llevado ambos casos, como focos de riesgo de contagio de asbestosis. Según la sentencia, Antonio G.G. se encargó durante seis años de la carga y descarga de sacos que contenían amianto 'sin que en la realización de dichos trabajos se utilizaran medios de protección para evitar la inhalación de fibras de amianto' que fueron la causa del cáncer de pulmón que le costó la vida.
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