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Bailar con la más fea

Asistimos desde hace varias semanas a la polémica suscitada tras la realización en el hospital de Cruces de dos intervenciones quirúrgicas, una para implante de mamas y otra de mastectomía, respectivamente, a un varón y una mujer transexuales. No estaba en mi ánimo continuar con ella pero, dada la continuidad de los artículos publicados sobre este asunto y la falta de objetividad de alguna de las opiniones vertidas, me ha parecido oportuno volver a puntualizar algunos aspectos.

Es necesario saber que el Sistema Nacional de Salud en el Estado español ofrece un catálogo de prestaciones sanitarias con financiación pública, 'entendiendo por tales las facilitadas directamente a todos los ciudadanos por el Sistema Nacional de Salud, y financiadas con cargo a la Seguridad Social o fondos estatales adscritos a la sanidad'. Este catálogo fue regulado en 1995 por un Real Decreto del Ministerio de Sanidad y Consumo que recoge una de las ofertas más amplias que actualmente pueden dar los sistemas sanitarios públicos de cobertura universal como el nuestro. Pese a ello, en su último anexo recoge unas pocas prestaciones específicas no directamente financiables, como: los tratamientos en balnearios y curas de reposo, el psicoanálisis y la hipnosis, la cirugía estética que no guarde relación con accidente, enfermedad o malformación congénita, y la cirugía de cambio de sexo, salvo la reparadora en estados intersexuales patológicos que, esa sí, la llevamos a cabo.

Con independencia de ese catálogo, cada comunidad autónoma con trasferencias sanitarias ha podido ampliar prestaciones y financiarlas con fondos propios, como ha sido, en el caso de Euskadi, el Programa de Detección Precoz del Cáncer de Mama mediante mamografías a las mujeres entre 50 y 65 años o el Programa de Atención Dental Infantil que da cobertura a niños entre 6 y 14 años, programas financiados a través de presupuestos específicos del Departamento de Sanidad del Gobierno vasco. También conviene recordar que en la anterior legislatura, en abril de 1999, el Parlamento vasco debatió una proposición no de ley presentada por Izquierda Unida para dar gratuidad a las operaciones de cambio de sexo no financiadas en el catálogo de prestaciones de la sanidad pública. Tras su debate, y con el apoyo del Grupo Parlamentario Nacionalista, entre otros, el Parlamento aprobó proponer al Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (órgano de coordinación colegiado, donde están representados el ministerio y los departamentos de Sanidad de todas las comunidades autónomas) que estudiara este tema y formulara las recomendaciones pertinentes. A fecha de hoy, el Consejo Interterritorial no ha presentado sus conclusiones.

Es en este contexto donde, durante el pasado mes de marzo, en el hospital de Cruces se producen las supuestas intervenciones quirúrgicas a transexuales que motivan por parte de la dirección del centro la apertura del expediente informativo para clarificar qué procedimientos han sido realizados, por quién, a qué pacientes, por qué motivos clínicos, si estaba indicada su realización y si se conocían las obligaciones de actuación en esta materia.

A partir de aquí, la polémica generada se ha mantenido, especialmente por algunas opiniones que me temo no son casuales ni en tiempo ni materia. Es el caso de la tribuna publicada el pasado 1 de abril por doña Carmen Asiain, ex portavoz de sanidad del Grupo Socialista en el Parlamento vasco durante la legislatura recién finalizada, en la que, en mi opinión, intenta analizar el tema sin la suficiente objetividad y rigor necesario, por lo que me gustaría aclarar algunos aspectos que ella misma solicita:

1-. La cirugía de cambio de sexo no constituye un problema sanitario de relevante magnitud en nuestra comunidad, y me remito al Plan de Salud actualmente vigente, que la señora Asiain debiera conocer a través de su presentación en el Parlamento vasco. Lo cual no es óbice para que el colectivo al que afecta la falta de financiación pública de esta cirugía lo sienta como importante. Así, recogiendo esta sensibilidad, el Parlamento vasco no descartó su abordaje futuro, remitiéndose para su análisis al Consejo Interterritorial.

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2-. Osakidetza ni quiere negar ni ha denegado la asistencia a pacientes aquejados de problemas de salud, ni pretende discriminar a colectivo alguno. Hay que recordar que el real decreto sobre ordenación de las prestaciones sanitarias, que excluye expresamente los citados supuestos de cambio de sexo, fue aprobado en 1995 por un gobierno del Partido Socialista, siendo ministra de Sanidad y Consumo doña María Ángeles Amador.

3-. La supuesta vaguedad del término 'cirugía de cambio de sexo', textual en el citado real decreto, no es motivo suficiente para considerar el término como un cajón de sastre donde quepan todas las intervenciones quirúrgicas que para este fin puedan realizarse a personas transexuales. Así se desprende de varios informes de agencias de evaluación tecnológica publicados sobre el tema (Osteba, Agencia del Instituto Carlos III, etc.).

4-. Osakidetza, en este caso, no pretende responsabilizar a los profesionales y exonerar a los gestores (también, si me lo permite, profesionales), sino clarificar si ha habido una mala utilización consciente de recursos y responsabilidades. Sin embargo, otras voces parecen interesadas en defender a algún profesional sanitario concreto (más por afinidad o amistad que por su actuación profesional) que puede haber decidido por su cuenta, a través de política de hechos consumados, sustraer del Departamento de Sanidad del Gobierno vasco la responsabilidad de planificar y financiar nuevas prestaciones sanitarias.

5-. La señora Asiaín, en razón de su trabajo en la Comisión de Sanidad del Parlamento vasco, conoce que el estilo organizativo y de gestión de Osakidetza no es un estilo autoritario donde los médicos cumplen órdenes y los pacientes las padecen. Los facultativos de Osakidetza tienen importantes áreas de responsabilidad delegadas, especialmente respecto a su practica clínica, como lo demuestran los hechos que nos ocupan. A su vez, nuestros usuarios/clientes nos valoran de manera excelente año tras año, siendo uno de los servicios públicos más apreciados.

6.- Finalmente, respecto a las alusiones que realiza sobre los informes del Tribunal Vasco de Cuentas en relación con la ejecución del gasto en Osakidetza y una sentencia de la Audiencia de Vitoria sobre el concurso de traslados del personal médico, diré que la citada ejecución del gasto en términos generales se ajusta aceptablemente bien a la legalidad, mejorando año tras año, como también se constata en el informe. En lo que respecta a la sentencia del concurso de traslados de médicos, me limitaré a matizarle que la misma no es firme y afecta únicamente a un porcentaje inferior al 2% del total de plazas de médico especialista del citado concurso.

No obstante, debo manifestar mi perplejidad por la relación que parece usted haber encontrado entre estas últimas materias y la cirugía del cambio de sexo. Sin duda es algo meritorio porque no le habrá resultado fácil, como tampoco le habrá resultado fácil tener que hacer oposición estos años en la Comisión de Sanidad Parlamentaria y buscar votos a costa de un buen sistema sanitario. ¡Qué le vamos a hacer! Se podría decir, dado su gusto por el refranero, que le ha tocado bailar con la más fea.

Jon Darpón Sierra es director de Asistencia Sanitaria Osakidetza.

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