Una justicia europea
Aunque de momento sólo se trate de un mero acuerdo programático, tiene mucha importancia la decisión del Consejo de Ministros de Justicia e Interior de la UE de impulsar reformas legislativas que otorguen eficacia inmediata en cada uno de los países miembros a las resoluciones judiciales dictadas en cualquiera de ellos. La progresiva materialización de ese acuerdo supondrá una contribución decisiva a la creación de un espacio judicial común entre socios que profesan el mismo credo democrático, disponen de sistemas jurídicos homologables y tienen un compromiso institucional en defensa de los derechos y libertades fundamentales de los ciudadanos.En este acuerdo de principio ha influido de forma decisiva el tratado que acaban de firmar España e Italia para resolver el contencioso de los mafiosos refugiados en suelo español. Pero pretende llegar más lejos, abarcando no sólo el ámbito penal, sino el civil y mercantil, de indudable trascendencia en un escenario fuertemente económico y comercial como la UE.
El reciente tratado hispano-italiano marca posiblemente el modelo a seguir en la simplificación de trámites judiciales clásicos que obstaculizan, más que favorecen, la acción de la justicia en el espacio de los Estados de la UE. Es el caso, en especial, del procedimiento de extradición, justificado en el pasado y en la actualidad entre países de distintas culturas jurídicas y con sistemas penales alejados entre sí, pero que ha dejado de tener sentido entre zonas regidas por los mismos principios jurídicos y democráticos. Es posible que a España, por causa del terrorismo, le urja más que a ningún otro país de la UE la pronta materialización de un espacio judicial europeo. Pero a todos debe interesar por igual que se desmantelen cuanto antes las barreras jurídicas que pueden suministrar algún tipo de refugio legal no sólo a terroristas, sino a mafiosos, blanqueadores de dinero negro y la gama de delincuentes que genera un crimen organizado que no respeta ninguna frontera. No se trata, naturalmente, de recortar la iniciativa judicial en la persecución del delito, sino de agilizarla y de impedir la impunidad del delincuente. Sin restarle ninguna garantía, pero sin prestarle ningún santuario.
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