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PROFESIONES

El código deontológico

Los abogados españoles aseguran que la propuesta de la UE choca con su código deontológico. El nuevo código del Colegio de Abogados de Madrid recoge como principios en el ejercicio de la profesión la independencia, la dignidad, la integridad, el servicio, el secreto profesional y la libertad de defensa. Sobre el secreto y la confidencialidad, señala que son deberes y a la vez derechos del abogado y advierte que "todo aquello que le sea revelado por su cliente, con todas sus circunstancias, más todo aquello que le sea comunicado por otro abogado con carácter confidencial deberá mantenerlo en secreto".

Y añade: "El abogado no puede poner en riesgo su libertad e independencia, su lealtad al cliente ni el secreto profesional, y por ello evitará ejercer profesiones o desarrollar funciones que de modo directo o indirecto le creen cualquier tipo de presión que pueda poner en riesgo su independencia o la revelación de cualquier dato secreto que no sólo podría perjudicar intereses particulares de los clientes, sino que, además, afectaría gravemente a la confianza de los ciudadanos en el derecho de defensa y por extensión a todo el sistema de garantías".

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Luis Martí Mingarro, decano del Colegio madrileño, añade que el profesional que quebrante el secreto profesional "es un delincuente". Y destaca que el nuevo Código Penal recoge penas de uno a cuatro años de prisión y de dos a seis años de inhabilitación para esos supuestos. "Cuando se redactó este artículo nos querían rebajar las penas y nos negamos", dice.

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