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Rechazada la prestación de maternidad a un varón en paro

Maternidad sobre paro

La delegación provincial en Madrid del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) ha denegado la prestación por maternidad a Miguel Cerezo, de 31 años, que fue padre el pasado 2 de julio y fue despedido de su trabajo al día siguiente. "A las mujeres paradas sí se les concede esta prestación ¿No somos iguales hombres y mujeres?", pensó Cerezo, que ha recurrido el pasado miércoles la decisión del INSS.Fuentes de Trabajo, ministerio de quien depende el INSS, admiten que la negativa se trató de un "error administrativo" y que, en cuanto la Seguridad Social tenga constancia de la reclamación, revocará el fallo.

En la negativa a conceder la prestación a Cerezo, se aduce que "al iniciarse el periodo de descanso por maternidad, no se cumple el requisito de que la madre y el padre trabajen". Cerezo trabajaba en la empresa municipal del Suelo y la Vivienda de Getafe (Madrid) y se quedó sin empleo el 3 de julio. "Llevaba 24 horas de padre y eso me animó a presentar la reclamación", dice.

Cerezo y su mujer pretendían que ella (dueña de un estudio de diseño) disfrutara de las seis semanas libres obligadas por maternidad y las enlazara con cuatro de vacaciones. Él se acogería a las 10 semanas que prescribe la ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral. Además, Cerezo aspiraba a que le corriese el turno del paro esas semanas: "Si pides la prestación de maternidad es para quedarte con el crío, y no tener que depender de acudir al INEM, porque el tiempo se lo dedicas a tu hijo".

Fuentes de INSS señalan que en estos casos se libra una cuestión económica: "La base reguladora de la prestación por desempleo tiene un tope, mientras la de maternidad no. Es lógico que las personas prefieran cobrar la maternidad que el desempleo". Desde la promulgación de la ley de Conciliación en noviembre de 1999 hasta hoy no se han desarrollado sus disposiciones.La reclamación de Cerezo ante el INSS, plantea que "para la percepción de la prestación por maternidad la madre tiene que estar afiliada y en alta o en situación asimilada al alta". "De las distintas situaciones que la propia legislación social considera asimiladas al alta está el estar inscrito en el desempleo y percibir la prestación contributiva por el mismo", en lo cual no ve Cerezo que haya diferencias por sexo.

La abogada que le ha ayudado en el recurso, Irene Marco, recuerda su propia experiencia: "En noviembre de 1995, estando embarazada, me despidieron. No sabía que se podía cobrar la maternidad estando en el paro, hasta que me informaron en la oficina del INEM. La única manera de que los hombres no tengan derecho a algo que tienen las mujeres sería que se dijera en el texto legal. Y no se dice". Cerezo cree que el fallo en contra no sólo le discrimina a él sino que repercute en la mujer, quien tiene que renunciar a estar con su hijo.

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