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La UE amonesta a España por sus aguas de baño interiores

La Comisión Europea ha requerido a España por segunda vez para que adopte las medidas contenidas en una sentencia del Tribunal Europeo de Justicia de febrero de 1998 que obligaba a establecer unos parámetros mínimos de calidad en determinado número de zonas de baño interiores, ya que se encontraban por debajo de unos límites fijados en una directiva. El cumplimiento de esta norma europea sobre calidad de aguas de baño es esencial para asegurar la salud pública, ya que indica el máximo de presencia de bacterias fecales en las aguas, según la comisaria de Medio Ambiente, Margot Wallström. La Comisión no está convencida de que España haya corregido esa situación, por lo que ha iniciado un nuevo procedimiento de infracción.

Bruselas también ha denunciado al Reino Unido y Suecia ante el mismo tribunal por no respetar esos valores de calidad, en el primer caso, y no ajustarse a los valores límite o no haber hecho un muestreo correcto del control de calidad, en el caso de Suecia.

Por otra parte, la UE también ha tomado medidas contra Portugal, Grecia, Bélgica, Luxemburgo y España por incumplir estudios de impacto ambiental. Los proyectos denunciados en España son la vía ferroviaria Valencia-Tarragona y la autovía Oviedo-Llanera.

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