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El Gobierno deja en manos de los municipios decidir qué perros son peligrosos

El Gobierno vasco aprobó ayer el decreto que regula la tenencia de perros, en el que deja en manos de los ayuntamientos la declaración de animales "de riesgo". Derivada del desarrollo de la Ley de Protección Animal, esta normativa determina que son peligrosos los perros catalogados de esta manera "con carácter individual" por las autoridades municipales atendiendo a criterios "objetivos", como denuncias recibidas por su agresividad.

A pesar de que la Ley de Protección de los Animales del País Vasco otorga competencias al Ejecutivo autónomo para prohibir la cría de razas consideradas como peligrosas, el decreto aprobado ayer por el Consejo de Gobierno elude ejercer esta potestad. Los responsables de Agricultura y Pesca han optado por regular las condiciones que deben cumplir los propietarios de este tipo de animales, trasladando a los ayuntamientos la responsabilidad de determinar qué perros responden a este perfil de peligrosidad.Así, la normativa determina que los "criterios objetivos" que deben seguir las autoridades municipales se centran en aspectos como haber sido objeto de denuncias por parte de particulares, manifestar un comportamiento agresivo o cualquier otra circunstancia que muestre la peligrosidad del perro respecto a personas u otros animales.

El decreto define normas generales que afectan a todos los canes, algunas de ellas ya aplicadas. Insiste, por un lado, en la obligación de censar e identificar con microchip, e incorpora la novedad de exigir que los propietarios contraten un seguro de responsabilidad civil dirigido a cubrir los daños y perjuicios provocados por los animales. Según Álvaro Iturritxa, director de Ordenación del Medio Natural e Investigación del Gobierno vasco, este seguro debe cubrir contingencias que pueden ir desde "una agresión hasta un accidente de tráfico". En este sentido, el decreto subraya que el dueño de un animal o el que se sirve de él tiene que asumir todas las responsabilidades derivadas de un comportamiento, tales como daños y perjuicios, molestias que cause "aunque se le escape o extravíe", precisa.

Todos los perros deberán encontrarse "bajo control" y sujetos con correas adecuadas de una longitud de dos metros cuando se hallen "en las vías públicas, en las partes comunes de los inmuebles colectivos y en los espacios públicos en general".

Sistemas de seguridad

El decreto nace a partir de la Ley de Protección Animal y, según detallan desde el propio Ejecutivo, "de la decisión del Departamento de Agricultura y Pesca y del Parlamento vasco para poner límite a los diversos incidentes acaecidos con determinados perros". La normativa pone énfasis especial en los perros considerados "de riesgo", pero sin detallar unas razas específicas. Para este tipo de animales exige unas condiciones particulares, entre las que se encuentra la existencia de un recinto con adecuados sistemas de seguridad "que impidan la huida del mismo". Se prohibe la utilización para ellos de correas extensibles, se exige el uso permanente de bozal en los espacios públicos y la colocación de una placa en el collar con un texto en el que figure la expresión "animal de riesgo". También se les prohíbe participar en consursos o exposiciones.

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Los establecimientos de cría y venta son regulados igualmente, así como los libros genealógicos caninos y el censo de adiestradores de perros.

La revisión anual obligatoria por parte de los veterinarios tiene como objetivo precisamente incidir en las campañas de identificación mediante los microchips, así como en un control visual que permita a los especialistas determinar si muestran heridas que denoten su participación en peleas o si presentan un carácter agresivo.

El régimen sancionador aplicable a las infracciones o incumplimientos de este decreto es el establecido en la Ley de Protección de Animales, pudiendo alcanzar las multas los dos millones y medio de pesetas. En el caso de no tener censado al perro, la sanción puede situarse en 250.000 pesetas.

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