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El juez archiva la querella de José Luis Garci contra Pedro Costa

El magistrado José Alfonso Tello, titular del Juzgado de Instrucción número 23 de Barcelona, ha acordado el archivo de la querella presentada por José Luis Garci contra Pedro Costa, quien denunció irregularidades en la votación para la decimotercera edición de los Premios Goya, celebrada el año pasado.En su querella, José Luis Garci solicitaba a Pedro Costa una indemnización de 20 millones de pesetas. Según la sentencia, "sólo una lectura interesada" permite llegar a la conclusión de que el productor Pedro Costa imputaba de una manera directa al cineasta José Luis Garci el pago de cuotas atrasadas correspondientes a socios de la Academia para que éstos pudieran emitir su voto. El texto señala que, en tales manifestaciones, que enturbiaron la pasada edición de los Premios Goya, "no puede negarse el tufo a sospecha", pero señala que tampoco puede decirse que "afirme categóricamente lo que pretende el querellante".

La causa de la querella, archivada al no ser considerada "constitutiva de infracción penal alguna", fueron unas declaraciones efectuadas por Pedro Costa y recogidas por diversos medios en las que señalaba una posible "compra de votos" al aparecer unos regalos y unos cheques firmados por Nikel Odeón -editora del director, quien competía en los Goya con el filme El abuelo- con los que se podían pagar las cuotas atrasadas de los socios de la Academia. La polémica suscitada condujo a que Jose Luis Garci anunciara su dimisión de la Academia de Cine y no asistiera a la gala de entrega de los galardones, la primera tras la elección de Aitana Sánchez Gijón como presidenta de esta institución.

El magistrado considera que en la conducta de Pedro Costa, "al limitarse a solicitar de la Academia la adopción de medidas para el esclarecimiento y averiguación de los hechos, puede concluirse que no se atisba el menor indicio de existencia de animus injurandi". Respecto de las manifestaciones relativas a regalos, la sentencia afirma que, en el supuesto de que fuera cierto su envío, "nunca podrían ser considerados constitutivos de delito".

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