Los hospitales podrán vender o alquilar bienes y contratar a su personal
Los médicos consiguen que se les asigne un representante en los órganos de gobierno

Los hospitales públicos del futuro pueden tener forma jurídica de fundación, consorcio, sociedad estatal o de fundación pública sanitaria. Pero todos ellos tendrán varias características comunes: autonomía para contratar a su personal, hacer fichajes, gestionar su presupuesto y su patrimonio, y posibilidad de recibir dinero extraordinario procedente de donaciones, según consta en el real decreto aprobado ayer por el Gobierno.
La novedad de última hora es que los médicos, con cuya representación colegial ha mantenido el Insalud numerosas reuniones, han conseguido tener siempre un representante en el Consejo de Gobierno de cada centro sanitario con voz y con voto. Será miembro de dicho consejo "el directivo médico máximo responsable de la actividad asistencial".Las claves del real decreto son las siguientes:
- Cuatro figuras jurídicas. El decreto prevé que los hospitales o centros de salud se acojan a cuatro figuras jurídicas diferentes. Tres de ellas ya existen. Son la fundación (formada por personal laboral y cuyo modelo seguirán todas los nuevos hospitales del Insalud),la sociedad estatal (similar a las empresas públicas) y el consorcio (centros aunados con ayuntamientos, comunidades o entidades sin ánimo de lucro y también con personal laboral). La cuarta, la fórmula llamada fundación pública sanitaria (que mantiene el estatus de la plantilla actual, pero permite la contratación futura de personal laboral), es la novedosa y la que va a poder convertir los hospitales públicos de hoy en fundaciones.
- Personal laboral. Sólo las fundaciones públicas sanitarias mantendrán su personal estatutario, similar al de los funcionarios. Tanto en las nuevas fundaciones (como Alcorcón y Manacor) como en ciertos consorcios y, por supuesto, en las sociedades estatales, el personal tendrá carácter laboral. Incluso en las fundaciones públicas sanitarias se podrá contratar personal nuevo con carácter laboral "cuando se considere adecuado".
- Dinero extraordinario. El Insalud, que funcionará como un holding de empresas, adjudicará dinero a cada centro sanitario y éste podrá beneficiarse de su buena gestión, aunque, en caso de déficit, siempre será cubierto por el Insalud. Las nuevas fórmulas de gestión permitirán ahora a los hospitales recibir dinero extraordinario procedente de "aportaciones" de "cualquier persona jurídica" y donaciones y legados tanto públicos como privados. Dado que puede administrar su patrimonio comprando y arrendando bienes y derechos, así como enajenarlo, también podrá percibir dinero extraordinario con tales operaciones. El decreto establece la cautela de que para comprar o vender bienes inmuebles el centro sanitario deberá contar con el informe favorable del presidente del Insalud.
- Órganos de gobierno. En las sociedades estatales, el órgano de gobierno se llamará Consejo de Administración; en las fundaciones, patronato; en los consorcios y las fundaciones públicas sanitarias, consejos de gobierno. Cada centro sanitario podrá elaborar en el futuro sus propios estatutos, pero en cualquier caso el Insalud será el que ejerza el control de gestión final. De hecho, los miembros de cada Consejo de Gobierno los ha de nombrar directa o indirectamente el Insalud. Estos órganos de gobierno elegirán al gerente, salvo en la fundaciones públicas sanitarias, para las que el presidente del Insalud se reserva la potestad de nombrar al director gerente del centro.
- Participación de otras entidades. El ministro portavoz del Gobierno, Josep Piqué, destacó ayer que en los nuevos centros sanitarios participarán por vez primera las comunidades autónomas, los ayuntamientos y las universidades. Esto es en principio así sólo para los centros ahora públicos que se conviertan en fundaciones públicas sanitarias.
El decreto establece que en los consejos de gobierno de tales fundaciones haya un representante de la comunidad autónoma, uno del Ayuntamiento y uno de la Universidad.
- Participación ciudadana. Los órganos de participación ciudadana son similares a los que funcionan ahora. Sindicatos, organizaciones empresariales, personas mayores y consumidores podrán seguir como ahora el funcionamiento del hospital de su área. Las novedades son que la mayoría de los miembros de esos órganos "no podrán tener vinculación mercantil o laboral con el centro".
- Transformación voluntaria. "La conversión de los actuales centros en fundaciones públicas sanitarias se realizará con carácter voluntario, previa petición de los mismos". Para demostrar tal voluntariedad, los centros deben enviar al Insalud certificación del acuerdo favorable de la comisión de dirección del centro y el informe (no indica que deba ser o no favorable) de los órganos de representación.
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