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EL "CASO PINOCHET"

Garzón reitera a Straw su petición de interrogar a Pinochet antes del fallo definitivo

ENVIADO ESPECIALEl juez Baltasar Garzón envió ayer al ministro del Interior británico, Jack Straw, un escrito de alegaciones en el que solicita al Reino Unido poder viajar, junto con los abogados de las acusaciones, para tomar declaración al general Augusto Pinochet antes de que se produzca la anunciada decisión de liberar al ex dictador. El juez solicita el informe médico que declara a Pinochet "incapaz de someterse a juicio", pide realizar un segundo examen con participación de médicos forenses españoles y pone a disposición del Reino Unido los documentos del caso para actuar penalmente contra el ex dictador en Londres, a fin de que no pueda volver a Chile, en el caso de que no sea extraditado.

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El juez Garzón señala, en un tono de gran dureza, sin dulcificar los conceptos, que las alegaciones están "influenciadas por un elemento negativo fundamental: la ausencia de conocimiento del informe médico sobre el que se quiere que se opine, lo que hace la situación un tanto absurda". Según el juez, ésa es la única conclusión a la que se puede llegar, "porque la decisión de no facilitar el contenido o los informes médicos practicados impide cualquier pronunciamiento concreto, deviniendo ilusorias las garantías -como elementos esenciales- que deben concurrir en un procedimiento penal: el principio de igualdad entre las partes, el principio de defensa y el principio de contradicción".El magistrado razona que "en ningún caso" las normas del procedimiento penal español permiten que "por razones médicas u orgánicas puede el imputado o procesado sustraerse a la justicia. Sólo en el caso de una enajenación mental sobrevenida se puede paralizar el proceso penal hasta tanto el interesado recobre la salud". El escrito se apoya en un informe médico forense emitido ayer mismo por el doctor Ángel Canelada. Dicho dictamen señala que, "a pesar de las dolencias físicas del paciente, nada impide, con el tratamiento, vigilancia y control necesarios, el enjuiciamiento de una persona de 84 años. Sólo tras comprobar la influencia que las hipotéticas dolencias físicas han producido en la mente y el grado de discernimiento que el sujeto tiene puede decidirse sobre su sometimiento a juicio".

El juez ataca el secretismo que ha rodeado la salida pergeñada por Straw. "Nada habría que decir sobre la decisión", afirma, "si el examen médico y sus conclusiones compartidas o discutidas mediante un peritaje médico de contradicción, al que desde luego tienen derecho las partes acusadoras, o por lo menos, se debería explicar por qué no se ha permitido al Estado requirente tener acceso a los análisis médicos practicados, siendo así que obran en poder del procesado y también de Interior".

Garzón rebate asimismo el concepto de confidencialidad y privacidad esgrimido por Straw: "No es lo mismo un informe recabado por una autoridad administrativa, que va a producir efectos definitivos o puede producirlos en un proceso de extradición, y, por ende, en el proceso penal relacionado con ésta, que hacerlo para fines particulares y privados. En el primer caso, el informe pertenece al procedimiento judicial y no puede imponerse de forma inquisitiva a las demás partes, de forma que éstas no pueden hacer alegaciones con alguna expectativa de que su razonamiento pueda ser atendido".

Entre las medidas que solicita el juez se halla la de tomar declaración en Londres a Pinochet antes de que éste sea liberado. La petición no es un ruego, ya que Garzón señala que si el Reino Unido denegase la extradición podría haber incumplido la cooperación judicial con España.

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Tomar declaración

"El 19 de octubre de 1998 se cursó comisión rogatoria a Inglaterra solicitando que se tomara declaración a Pinochet con la asistencia del juez instructor que suscribe. Esta petición, después de un año y tres meses, no ha sido contestada, cosa que se entiende en virtud de la tramitación de la demanda de extradición, aunque no son incompatibles". El juez señala que no se insistió en ello para no "interferir el curso de la extradición". Pero subraya: "En la actualidad, la situación ha variado, por lo que se solicita expresamente que se autorice la práctica de tal declaración al reclamado, antes de que se produzca la decisión que se anuncia sobre la eventual liberación del mismo".

Por último, Garzón recuerda al ministro del Interior el principio de "extraditar" o "juzgar" que los jueces lores subrayaron en su sentencia del 24 de marzo de 1999, al permitir la continuación del proceso de extradición, para lo que pone nuevamente a disposición el material probatorio español para enjuiciar a Pinochet en el Reino Unido.

El juez Garzón señala en las alegaciones que no renuncia "a que se agoten todos los trámites necesarios para hacer efectiva la extradición de Pinochet", lo que significa que está todavía pensando si va a proponer un recurso de revisión judicial contra la decisión de Straw, un recurso que no paralizaría de ninguna manera su resolución.

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