_
_
_
_

El Poder Judicial reconoce la lentitud de los jueces en la búsqueda del asesino de Alcàsser

Justicia decidirá sobre la indemnización de 100 millones que pide la madre de una víctima

El pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) dictaminó ayer que los retrasos producidos en 1992 en las órdenes judiciales de busca y captura del recluso fugado Antonio Anglés, uno de los acusados del triple crimen de Alcàsser (Valencia) aún sin capturar, constituyen anormal funcionamiento de la justicia. A la vista de este informe, el Ministerio de Justicia decidirá sobre la reclamación de 100 millones de pesetas solicitada por Rosa Folch, madre de Desirée Hernández Folch, una de las tres niñas raptadas, violadas y asesinadas el 11 de noviembre de 1992.

El caso Alcàsser, por el triple crimen contra tres niñas de entre 14 y 15 años, fue sentenciado en septiembre de 1997 con la condena de Miguel Ricart, de 28 años, a 170 años de cárcel. El fallo de la Audiencia Provincial de Valencia fue confirmado en 1999 por el Supremo.La sentencia condenatoria pedía que se ampliara la investigación abierta contra Anglés, al que se consideraba el principal autor de los hechos. Pero la madre de Desirée, en su reclamación al Ministerio de Justicia por funcionamiento anormal de la Administración de justicia, se retrotrae a las actuaciones penitenciarias y judiciales en relación con Anglés, a partir de que éste, que se encontraba en prisión en 1991, tras ser clasificado en segundo grado, obtuviera dos permisos sin que al concluir el último, el 12 de marzo de 1992, se reintegrara a la cárcel.

Seis meses sin ser buscado

Folch relató que la orden de búsqueda de Anglés fue dictada por el Juzgado de Instrucción número 7 de Valencia el 10 de septiembre de 1992, "cuando ya habían transcurrido cinco meses y 29 días" desde su fuga. La madre de Desirée alegó que el permiso carcelario nunca debió concederse a un preso con nueve condenas en su haber y dada la "extrema crueldad y violencia, con alto riesgo de que en situación de permiso carcelario reincidiera en su conducta delictiva como tan triste y espantosamente así ocurrió".

La reclamante considera evidenciado el mal funcionamiento de la Administración tanto en las decisiones penitenciarias como en el retraso de seis meses desde la fuga de Anglés hasta que se decreta su busca y captura, así como en la ausencia de diligencias policiales efectivas para la averiguación de su paradero, lo cual posibilitó que perpetrara los delitos de los que fueron víctimas su hija y otras dos niñas.

El informe elaborado por el vocal Enrique Arnaldoy, aprobado ayer por el pleno del CGPJ, se circunscribe a las actuaciones u omisiones relacionadas con la Administración de justicia, por estimar legalmente excluido de este tipo de expedientes lo relativo a las decisiones penitenciarias. También se excluyen las hipotéticas irregularidades cometidas durante el proceso del caso Alcàsser, al no haberse formulado "alegación alguna respecto de posibles anormalidades o deficiencias en su tramitación".

El CGPJ razona que, tras el trasvase entre el juzgado de guardia de Valencia y el de Catarroja, con regreso al de Valencia, "la emisión de la orden de localización [de Anglés] se retrasa (...) tres meses después de la incomparecencia del penado en prisión después de su permiso penitenciario", por lo cual "se aprecia de nuevo una demora excesiva en emitir la orden de búsqueda (...), y ello teniendo en cuenta la naturaleza de la decisión a adoptar, sin complejidad de trámite alguna, y la materia y ámbito de la misma".

En cuanto a la falta de diligencias policiales eficaces, el CGPJ considera no acreditado suficientemente "que existiera una actuación descuidada o negligente de las autoridades policiales en la ejecución de la orden de búsqueda, por lo que no cabe extraer en este sentido conclusiones sobre la existencia de funcionamiento anormal".

No hay juez responsable

La decisión del CGPJ, como ya es tradicional, no apunta hacia la responsabilidad de los titulares de los juzgados cuya actuación declara anormal, y tampoco se pronuncia "sobre la relación de causalidad que dicha actuación haya podido tener en definitiva en la producción del evento indemnizable". En cambio, tras describir el anormal funcionamiento del juzgado, señala que, "con posterioridad, puede afirmarse que se ajustó, en términos generales, a la tramitación seguida en otros casos". De este modo, la indemnización que en su caso decida el Ministerio de Justicia sólo podrá repercutirse sobre el juez responsable, como autoriza la Ley Orgánica del Poder Judicial, si así lo decide ese departamento, decisión improbable y dudosa sin previo pronunciamiento del órgano de gobierno de los jueces.

Por otra parte, el pleno del CGPJ analizó también la reclamación del presentador de televisión Jesús Vázquez, imputado y después absuelto en el caso Arny, sobre prostitución de menores. Vázquez pide a Justicia 35 millones de pesetas por los perjuicios morales y patrimoniales causados por el proceso. El CGPJ recuerda que el juicio del caso Arny se celebró a puerta cerrada y dictamina que no se produjo "anormal funcionamiento de la Administración de justicia".

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo

¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?

Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.

¿Por qué estás viendo esto?

Flecha

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.

Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.

En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.

Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_