El Gobierno prohibirá el reclamo público de órganos para trasplantes
Un nuevo real decreto se aprobará este año
La Organización Nacional de Trasplantes (ONT) nunca ha visto con buenos ojos la petición de órganos a través de los medios de comunicación. Un nuevo real decreto, que el Gobierno espera aprobar antes de fin de año, pondrá en sus manos las armas necesarias para luchar contra estos llamamientos lastimosos, que, según su responsable, Blanca Miranda, son inútiles y no provocan un aumento del número de donaciones.
Cuando la norma entre en vigor, no volverán a verse en televisión los ojos llorosos de unos padres pidiendo, por ejemplo, un corazón que evite la muerte de su hijo o dinero para que éste sea tratado de su dolencia en otro país. Y si se ven, tanto el medio de comunicación en cuestión como el protagonista del llamamiento se arriesgarán a ser denunciados por la ONT y a pagar la sanción que imponga un juez. "Por lo menos podremos actuar", asegura la responsable de la ONT, Blanca Miranda, un margen de maniobra del que hasta ahora carecían.La nueva norma, que el Gobierno prepara desde 1997 y que recibe estos días las últimas pinceladas, prohíbe de forma expresa la publicidad en favor de una donación para personas concretas y las gratificaciones a cambio de cualquier órgano. Pero no impone sanciones. Éstas deberán ser determinadas por el juez, que considerará estas acciones una infracción administrativa. El objetivo es acabar con los llamamientos angustiosos que pretenden tocar el corazón de los oyentes, las cuestaciones interesadas y cualquier otra actividad que ponga en peligro el derecho a la igualdad de todos los enfermos que necesitan un trasplante, explica Miranda. Y con los fraudes.
La ONT tiene registrados, uno por uno, todos los casos de este tipo que se han producido en los últimos años, algunos de supuestos enfermos y otros vendidos con una urgencia muy lejana de la real. Ninguna de estas peticiones provocó un aumento del número de donantes ni consiguió, por supuesto, su objetivo de acortar el tiempo de espera, asegura la coordinadora nacional de la ONT. Pero sí mucho malestar entre los pacientes que engrosan las listas de espera y sus familas y una sensación de improvisación que perjudica a una organización responsable de las donaciones en el país que encabeza el ranking mundial: 32 donaciones por cada millón de habitantes. La ONT tiene clara su posición y por eso se muestra escéptica hacia la posibilidad de viajar a otros países para someterse a unas operaciones que se hacen "y muy bien" en España.
Junto a esta disposición el nuevo real decreto actualiza toda la normativa en la materia. En algunos casos para facilitar el trabajo de los profesionales que participan en el proceso -desde la donación hasta la operación pasando por la extracción de los órganos- y en otros para dar cobertura legal a unas prácticas ya habituales en los hospitales españoles.
Familia del fallecido
Entre las primeras está el silencio judicial. Cuando la norma entre en vigor los jueces tendrán 15 minutos para autorizar la extracción de órganos de un fallecido. Si el juzgado de guardia no contesta en ese plazo, la razón caerá siempre del lado de la ONT.Otra novedad recogida en alguna de las 30 páginas del texto -frente a las 3 de la ley de 1979 que desarrolla o las seis del real decreto de 1980- está en la posibilidad de donar partes de órganos de personas vivas. En España, por el momento, sólo se hacen trasplantes de este tipo con hígados, un órgano que se regenera por sí solo. Pero el decreto deja abierta la puerta a todos los avances técnicos que puedan producirse en el futuro al subrayar que son órganos susceptibles de ser trasplantados los riñones (983 intervenciones hasta el 1 de julio de 1999, 3.700 en lista de espera); el corazón (164 por 93); los pulmones (63 por 53); el hígado (460 por 430); el páncreas (17 por 24); el intestino y "cuantos otros puedan ser extraídos y trasplantados".
Algunas cosas se quedan, sin embargo, como están. Es el caso del papel que juega la familia del fallecido. Ésta puede negarse a donar los órganos de su pariente, incluso cuando éste tenga en su poder el carné de donante. La explicación es sencilla: "es muy raro que la familia se oponga a la voluntad del fallecido", afirma Miranda, y si lo hace no compensa luchar contra ella.
La norma nace con la intención de ser exhaustiva y capaz de adaptarse al futuro. Y no para aumentar las donaciones, si bien la propia Miranda no descarta que ésto pueda producirse. Incluye entre sus disposiciones las condiciones que deben reunir los centros y los médicos que lleven a cabo este tipo de intervenciones y los pasos a dar para admitir órganos de otros países o para que éstos salgan de España, entre otros. Los dos años que ha tardado el Gobierno en elaborarla han servido para que todas las partes (profesionales, enfermos, responsables autonómicos, Consejo General del Poder Judicial) hayan dado su opinión.
Permanecen sin cambios los principios que deben inspirar cualquier donación: altruismo, solidaridad, gratuidad, información y consentimiento.
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