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Los expertos oficiales renuncian a fijar un plazo para destruir los embriones congelados

La menopausia de la donante, única restricción temporal para implantar óvulos fecundados

Javier Sampedro

Las clínicas españolas de reproducción asistida acumulan ahora mismo 25.000 embriones humanos congelados. La ley prohíbe utilizarlos cuando han pasado cinco años desde su generación, y las clínicas no se atreven a destruirlos por una mezcla de incertidumbres legales y reparos éticos. La Comisión Nacional de Reproducción Asistida ha renunciado a su idea inicial de recomendar la destrucción de los embriones cuando lleven congelados diez años. En vez de eso, propone estimular su implantación o donación a otras parejas mediante la eliminación de la actual restricción a los cinco años.

La propuesta inicial de destruir los embriones a los diez años de su congelación ha suscitado discrepancias internas, y los expertos oficiales se han echado atrás en su informe definitivo, que fue presentado ayer a la opinión pública.La comisión, nombrada para asesorar al Gobierno sobre los asuntos técnicos, éticos y legales relacionados con la reproducción asistida, y presidida por el subsecretario de Sanidad, Enrique Castellón, ha optado por reducir todo lo posible el número de embriones almacenados, bien mediante su implantación en la madre biológica, bien mediante su donación a parejas estériles. Lo segundo es posible incluso sin el consentimiento expreso de los padres, si estos han muerto o no pueden ser localizados.

El informe recomienda por ello eliminar la restricción temporal, de modo que los embriones puedan ser implantados en cualquier momento, siempre que la madre no esté ya menopáusica. Enfrentado a la duda de que esa estrategia permita reducir sustancialmente el almacén embrionario español, el portavoz de la comisión, Carlos Romeo, admitió ayer que los embriones no implantados deberán ser descongelados -es decir, destruidos- en algún momento.

De hecho, Romeo y otros miembros de la comisión consideran que la legislación ya permite esa posibilidad. La ley 35/1988 sobre reproducción asistida prohíbe congelar embriones que no vayan a usarse para implantarlos. Ello implica, según estos expertos, que los embriones que no se donen pueden -quizá incluso deben- descongelarse.

Otra posibilidad obvia sería permitir el uso de esos embriones para investigación, pero los expertos han preferido no pronunciarse sobre ese punto. El coordinador de la comisión, el catedrático de Obstetricia Juan Antonio Vanrell, aseguró ayer que esa opción constituye una prioridad para el grupo de expertos, y que será la primera en discutirse para el informe del año que viene.

Entretanto, el panel de expertos se ha centrado en una serie de recomendaciones para reducir todo lo posible, a partir de ahora, la acumulación de nuevos em-briones en las clínicas.

Óvulos congelados

La principal de estas propuestas es legalizar la congelación de óvulos sin fecundar (u ovocitos), actualmente prohibida en España. La prohibición, según los expertos, ya no tiene sentido, puesto que los avances científicos han convertido esta opción en una técnica segura. La congelación de óvulos sin fecundar puede sustituir en muchos casos a la de embriones, y su destrucción no plantea reparos éticos ni a los juristas más escrupulosos.La comisión enumera tres situaciones en que la congelación de ovocitos resultará muy útil. Primero, las mujeres que deben someterse a radioterapia, tratamiento que a menudo las esteriliza, pueden congelar sus óvulos antes de recibir la radiación. Segundo, las mujeres que no prevean quedarse embarazadas hasta una edad madura mejoran sus perspectivas de éxito si congelan sus óvulos cuando son jóvenes y los utilizan años después. En tercer lugar, los óvulos son en muchos casos un buen material para donarlo a mujeres estériles.

La comisión también hace un llamamiento a la responsabilidad de los médicos y de los padres. Los expertos en reproducción asistida deberían limitar al mínimo imprescindible el número de fecundaciones in vitro por pareja. Y los padres deberán, si prosperan las reformas propuesta, especificar por escrito si tienen intención de utilizar o donar los embriones sobrantes. Así, si los médicos no pueden localizar a los padres unos años después, o si éstos se han separado o han muerto, las clínicas sabrán qué pueden hacer, y qué no, con su material biológico.

El panel de expertos también se expresó sobre la clonación humana. Su negativa es tajante sobre la posibilidad de permitir la clonación con "fines reproductivos", es decir, para replicar personas completas.

La comisión considera que esa técnica viola el derecho de los individuos a ser producto de un azar genético y a poseer una dotación de genes única e irrepetible. La comisión se muestra más receptiva a la posible utilización de la clonación "no reproductiva", esto es, la que no pretende replicar un adulto, sino sólo un embrión de pocos días con el objetivo de destruirlo y obtener de él cultivos celulares para trasplantes. El panel de expertos no rechaza de plano esta técnica, y reconoce que puede resultar muy útil para la medicina, pero tampoco se pronuncia claramente a favor.

El esperma es mal negocio

La ley establece que las donaciones deben ser gratuitas voluntarias y no lucrativas. Sin embargo, los donantes de esperma vienen cobrando en España unas 5.000 pesetas, y las donantes de óvulos, unas 100.000. ¿Viola esto el espíritu de la norma? La comisión de reproducción asistida opina que no.En palabras de Octavi Quintana, médico, bioético y miembro de la comisión, una cosa es que la donación sea gratuita, y otra es que suponga un gasto para el donante, como ocurriría si se suprimieran esas compensaciones económicas. El donante de esperma tiene que tomarse la molestia de acudir dos veces a la clínica. La donante de óvulos tiene que acudir entre 25 y 30 veces, y someterse a punciones, estimulaciones y otras prácticas bastante molestas. Resulta francamente dudoso que alguien pretenda lucrarse con estas actividades.

Las mejoras técnicas permitirán que la demanda de esperma vaya reduciéndose en los próximos años, pero no así la de óvulos. Si se eliminaran las compensaciones económicas, las donaciones de óvulos se reducirían drásticamente -un 80%, según los resultados de un estudio británico-, con el consiguiente riesgo de que los mercados negros vinieran a sustituir a las donaciones legales.

La comisión tampoco cree que los incentivos económicos comprometan el requisito de voluntariedad, y señala que nadie que no quiera donar sus gametos va a cambiar de idea por unas cifras tan parcas. Todo lo anterior está condicionado a que los precios no superen a los habituales en la actualidad.

La ley de 1988 establece un límite de cinco años para la conservación de semen congelado. Los datos de los últimos años, sin embargo, muestran con claridad que el esperma, y también el tejido testicular, se puede mantener mucho más tiempo sin pérdida de calidad. Por esta razón, la comisión propone eliminar ese límite del texto legal. La medida puede resultar muy útil para los hombres que se sometan a vasectomía o a terapias de radiación.

Ahora mismo hay autorizados en España 114 centros de reproducción asistida, de los que más de una tercera parte se ubican en Madrid y Cataluña. Sólo 15 de estos centros son públicos. No todas las clínicas ofrecen todas las técnicas existentes, pero la fecundación in vitro se practica en más de la mitad. Otras instalaciones son meros bancos de esperma.

La inseminación artificial con esperma de la propia pareja se realiza en muchos otros lugares.

El primer banco de semen español empezó a funcionar en Barcelona en 1978.

La primera niña engendrada por fecundación in vitro nació en la clínica Dexeus de Barcelona, en 1984.

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