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Un convenio de la OCDE convierte en delito sobornar a funcionarios extranjeros

España cambia su código penal para perseguir a los que corrompan a agentes de otros países

Las empresas suelen llamarlos púdicamente "gastos de prospección comercial", pero esa partida de su contabilidad encubre, muchas veces, los sobornos que proporcionan a los funcionarios de países extranjeros de los que pretenden arrancar un gran contrato.Con los Estados del Tercer Mundo, es una práctica generalizada que, en cierta medida, fomentan los países industrializados. No en balde, Alemania, Francia y Canadá contemplaban deducciones fiscales para los cohechos que daban sus empresas, y en España existía un vacío legal.

Por si cupiera alguna duda, la amplitud del fenómeno acaba de ser ilustrada por el reciente escándalo de la compra de votos de los miembros del Comité Olímpico Internacional para que apoyasen la candidatura de algunas ciudades a organizar los Juegos Olímpicos. A partir de mañana, sin embargo, los "gastos de prospección comercial" van a sufrir un serio recorte. Ese día entra en vigor para seis países -EEUU, Canadá, Reino Unido, Alemania, Islandia y Hungría- un convenio internacional que pretende erradicar la corrupción de funcionarios extranjeros en las transacciones comerciales internacionales.

Poco a poco, a medida que vayan depositando los instrumentos de ratificación, el convenio se irá ampliando a los otros 24 miembros de la Organización de Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE) y a otros cinco países que, sin pertenecer a ella, han suscrito el compromiso con el propósito de mejorar su reputación internacional (Brasil, Argentina, Chile, Eslovaquia y Bulgaria). Suscrito en diciembre de 1997 en París por 34 ministros,tras dos años de arduas negociaciones, el convenio obliga a los firmantes a introducir en su legislación nacional sanciones penales que permitan condenar a los que corrompan o intenten corromper a las autoridades o funcionarios públicos extranjeros o de organizaciones internacionales en el ejercicio de su cargo. Se considera funcionario a todo aquel que ostente un mandato legislativo, administrativo o judicial. Una vez traspuesto el convenio, el Estado puede ratificarlo. En el caso español, el vicepresidente Rodrigo Rato rubricó el texto y, en diciembre pasado, las Cortes lo ratificaron. Para que el Estado haga lo propio, es necesario modificar el código penal mediante una ley orgánica cuyo anteproyecto el Gobierno envió a las Cortes el 29 de enero. El texto equipara la corrupción de funcionarios nacionales y extranjeros, sean de otro Estado o de un organismo internacional. Los que los corrompan incurrirán en penas de prisión de dos a seis años y multas del triplo del valor de la dádiva.

Comparado con los artículos similares de otras legislaciones europeas, el código penal español no es muy severo. En Francia, por ejemplo, prevé condenas de 10 años de cárcel y multas de 25 millones de pesetas (152.000 euros).

Aunque suscribió el convenio, EEUU lo considera insuficiente. Posee desde hace 20 años una ley que prohíbe sobornar a funcionarios extranjeros, y el Departamento de Comercio estima que su aplicación hace perder al año a las empresas norteamericanas contratos por valor de 161.810 millones de pesetas (9.725 millones de euros).

Washington intentó en vano que el convenio precisase y armonizase las condenas y que abarcase también a los sobornos que reciben los partidos políticos. Argumentaba que allí donde existe un partido único no hay frontera alguna entre lo público y lo privado.

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Aun así, el convenio supone "un paso histórico", según Carel Mohn, portavoz de Transparency International, una fundación con sede en Berlín y dedicada a combatir la corrupción. "Es una buena arma disuasoria", añade, pero, para que sea eficaz, "se requiere que el delito sea perseguido y el delincuente enjuiciado". "Hay además que cambiar la cultura de muchas empresas en las que el director dice a sus subordinados que obtengan el contrato pero no le cuenten cómo lo lograron".

¿Qué otros pasos deben darse para acabar con la corrupción pública internacional? "La OCDE debe poner en marcha un mecanismo de vigilancia de la aplicación del convenio por los países que lo han ratificado", asegura Mohn. "Hay también que presionar a los Estados no miembros de la OCDE para que se sumen al acuerdo".

Las formas de la corrupción están, sin embargo, cambiando, y el convenio que se estrenará mañana puede llegar tarde para combatir algunas de ellas. En China y, en general, en el conjunto de Asia, "la modalidad más corriente no es ya la entrega de dinero contante y sonante", declaraba al diario Herald Tribune Shangjin Wei, profesor del Instituto Kennedy de Administración Pública de la Universidad de Harvard (EEUU) y uno de los mayores expertos norteamericanos en la materia.

"Lo más corriente", proseguía, "es organizar viajes con todos los gastos pagados a la sede norteamericana de la empresa, pero pasando por Las Vegas o Los Ángeles. Esto puede ser contabilizado como gastos de viaje de negocios" sin mayor riesgo para la empresa.

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