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La Seguridad Social insiste en negar la cartilla a niños saharauis

Por una cuestión de principios, normativa y trabajo habitual. De esta forma razonó el delegado en Baleares del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), Alfonso Ruiz Abellán, los motivos por los que su organismo mantendrá el pleito ante el Tribunal Superior de Justicia de Baleares. El objetivo es evitar el cumplimiento de una sentencia de una juez de lo social de Palma que le obliga, desde octubre de l998, a dar una cartilla o tarjeta sanitaria a un niño saharaui, un menor con discapacidades físicas que está acogido por una familia mallorquina. Once niños refugiados, menores "acogidos de hecho", becados por una mancomunidad de municipios y una ONG, han reclamado y recurrido contra el INSS para obtener el documento que asegura su asistencia médica gratuita. Están pendientes en Mallorca otros dos juicios más en magistratura contra resoluciones administrativas en firme del departamento asistencial del Gobierno que impiden, por norma, librar cartillas a estos menores que residen temporalmente en Baleares.

La Administración recordó ayer que está garantizada la cobertura médica de los estudiantes acogidos en ocho pueblos o zonas diferentes de Mallorca, pero sus anfitriones replicaron que el acuerdo general no estipula su gratuidad y citaron dos casos de facturas presentadas, una por una intervención y otra por una visita hospitalaria, que fueron atribuidas por el INSS a un despiste, un error o una facturación automática como la que se efectúa con los turistas accidentados o intervenidos.

Similar a la adopción

Los anfitriones insulares de los becarios saharauis reclaman para éstos que puedan ampararlos en su libreta de la Seguridad Social, en una situación asimilada a la de paternidad, sin trámite alguno que se asemeje a la adopción. "Una señora que vive con un señor, si no se casa no la podemos incluir en la cartilla, salvo si ha pasado un tiempo de convivencia", explicó ayer en la SER Ruiz Abellán, que añadió que sólo pueden tener cartilla "los niños acogidos con resolución judicial, adoptados, no los que van de vacaciones o de visita". El INSS dijo que la cuestión de la cartilla es de menor alcance, sin importancia práctica. Carmen Ribas, tutora de uno de los acogidos, explicó que en diferentes provincias españolas (León o Madrid) los estudiantes becados del Sahara, poseen su cartilla. La demanda de Ribas que desencadenó la primera sentencia judicial favorable la generó su protegido Bachir Halihena Embarek, que sigue estudios en Palma desde el curso 1996-97.

La Seguridad Social decretó en 1992 que estos casos han de ser considerados acogidos de hecho de carácter temporal por españoles, equiparándolos a hermanos o descendientes de los titulares pero que debe existir un acuerdo de la dirección provincial del INSS.

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