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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Ficheros genéticos

EL GOBIERNO prepara un proyecto de ley para regular en España la utilización de los análisis de ADN (ácido desoxirribonucleico) en la investigación criminal como prueba para la persecución de delitos sexuales y de sangre. Aunque inicialmente despertó grandes recelos, la creación de ficheros genéticos con fines de investigación criminal se ha ido abriendo paso en los distintos países y ahora son ya numerosos los que han regulado su uso. La obtención de material genético -que puede encontrarse en una gota de sangre, de saliva, de semen o en un simple pedacito de pelo- no debería ser objeto de rechazo frontal. Si admitimos que se puedan tomar, a efectos de prueba, las huellas dactilares de una persona sospechosa de un crimen y luego guardarlas en unos ficheros, no hay razón para no admitir que se puedan tomar también huellas genéticas para los mismos fines. De hecho, la prueba de ADN representa para la investigación criminal una revolución tan importante como en su momento lo fueron las huellas dactilares, con la ventaja de que la altísima fiabilidad del análisis genético redundará además en una mayor seguridad jurídica.El problema radica en que en una gota de sangre hay mucha más información que la necesaria para una identificación segura. Y que la ciencia avanza en estos momentos a una velocidad tan vertiginosa que ni siquiera podemos llegar a imaginar qué se podrá saber o hacer en el futuro con una simple gota de nuestra sangre. Por eso, la regulación de la prueba genética debe ser extremadamente rigurosa. Parece razonable que se pueda exigir en determinados casos sin el consentimiento del afectado, pero la decisión de tomar o no muestras de sangre no debería quedar en manos de la policía. Debería mediar siempre un mandato judicial y no debiera recurrirse a la prueba genética por meros indicios indagatorios, sino por la existencia acreditada de fundamentos suficientes.

Parece lógico, además, que se garantice la destrucción de las muestras de las personas que resulten inocentes. También debería establecerse la exacta finalidad de los datos contenidos en el registro de huellas genéticas, quién puede acceder al mismo y en qué condiciones. En definitiva, una ley tan delicada como ésta no debería dejar ningún detalle al albur de interpretaciones.

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