Un juez exime a un bar con radio de pagar derechos de autor
El titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Segovia, Vicente Tejedor, ha desestimado una demanda de la Sociedad General de Autores (SGAE) contra un hostelero segoviano al entender que no debe pagar derechos de autor por el mero hecho de contar en su establecimiento con un aparato de radio o televisión. Los servicios jurídicos de la SGAE sostienen que la decisión judicial "es un flaco servicio para la protección de los autores en España y se aparta del criterio general de los tribunales, incluido el Supremo". En la sentencia del procedimiento verbal civil 55/98, contra la que no cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, el juez señala textualmente que "tener en un bar o establecimiento hostelero una radio, aún en funcionamiento, no supone un acto de comunicación pública, pues eso lo realizarán las estaciones de radio (...) por ello son las estaciones o emisoras las que pagan un canon, de aquí que el que en un establecimiento exista un aparato de radio que indiscriminadamente es elemento transmisor de canales emitidos por distintas emisoras no puede entenderse como acto de comunicación pública, ya que el propio acto de comunicación (...) es la entidad emisora".
Además, la sentencia considera que la SGAE no tiene atribuciones para gestionar de manera monopolística los derechos de autor. Para el director de los servicios jurídicos de la SGAE, Agustín González, en una sentencia de la Audiencia de Segovia, del 15 de marzo de 1996, se sostiene un criterio totalmente distinto al de este juez al entender que la SGAE está legitimada para reclamar derechos de autor de sus socios sin necesidad de probar obra por obra y autor por autor.
Agravios
El director de los servicios jurídicos de la SGAE consideró que, "por tratarse de una materia compleja y especial el juez se ha equivocado y, en lugar de dispensar la tutela que la ley quiere para los autores, ha optado por inclinarse a favor de un usuario que a partir de este momento dejará de pagar a todos los autores por utilizar sus obras, creando un agravio comparativo respecto de otros bares que cumplen respetuosamente con la obligación que les marca la ley sin necesidad de pleito o conflicto".Agustín González estimó como "bastantes razonables" las cantidades que se establecen por remuneración de estos usos, alrededor de 1.800 pesetas al mes por establecimiento, "es decir unas 50 pesetas al día, la mitad que lo que cuesta un café, por disponer de repertorio mundial de obras", matizó.
El responsable del área de cafés y bares de la Federación Española de Restaurantes, Cafeterías y Bares (FER), Ángel Velasco, asegura que la SGAE recauda en la hostelería española alrededor de 3.840 millones, entre 24.000 y 60.000 pesetas por bar y año, mientras que los programas que se difunden ya han sido retribuidos por las propias emisoras.
Babelia
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