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Osakidetza, condenada a pagar seis millones por el suicidio de una hospitalizada

Un Juzgado de Bilbao ha condenado a Osakidetza y a la compañía aseguradora Aurora Polar a indemnizar con seis millones de pesetas a los familiares de una enferma, de 23 años, que falleció en la noche del 21 al 22 de diciembre de 1995 tras precipitarse por la ventana de la tercera planta del Hospital de Cruces, donde estaba ingresada por padecer esquizofrenia. La sentencia es firme. La sentencia atribuye al "personal sanitario de Osakidetza la responsabilidad de la muerte [de la joven] al no haberse adoptado las medidas conducentes que evitasen el suicidio de la enferma, claramente previsible" puesto que padecía una "esquizofrenia avanzada, un empeoramiento de su estado mental y el intento de suicidio fallido protagonizado breves fechas atrás". La sentencia recuerda que la joven intentó suicidarse en una ocasión anterior: se tiró desde el tercer piso de la vivienda de su madre, en Portugalete. La esquizofrenia se le había diagnosticado en los hospitales de Basurto, Cruces y Gorliz. En este último se indicó que la mujer tendría que haber sido ingresada en el Hospital de Basurto o Zamudio, "aptos [ambos] para este tipo de enfermos" porque tienen ventanas "selladas, en plantas bajas, asistencia psiquiátrica especializada y medidas específicas para el cuidado del enfermo evitando" que se autolesione. La paciente, sin embargo, según el letrado de la familia, Víctor Sagarduy, "sin tan siquiera levantarse de la cama, arrastró su cuerpo hasta la ventana, a menos de un palmo de distancia, y se arrojó al vacío". La sentencia recuerda que la ventana "carecía de barrotes o de cualquier otro medio de protección", por lo establece que "la responsabilidad de Osakidetza" es clara. La resolución judicial afirma que la posibilidad de que la joven intentara suicidarse era "perfectamente conocida al disponerse de su historial clínico y haberse puesto los hechos en conocimiento del personal del centro, ante el que se formularon reiteradas denuncias". La madre y la hermana de la fallecida reclamaron verbalmente y por escrito que la enferma fuera trasladada un hospital donde pudiera recibir atención psiquiátrica porque, según el abogado de la familia, Cruces reconoció que "no dispone de una planta destinada de manera exclusiva a la atención de enfermos psiquiátricos".

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