Jueces de Euskadi archivan casos de insumisos por el "rechazo social"
Varios jueces de instrucción de Euskadi vienen archivando contra el criterio de los fiscales, que han recurrido, los procesos por negativas a cumplir el servicio militar con argumentos como el "rechazo social" y que el Gobierno ha anunciado la supresión de esas figuras delictivas.
Tales decisiones significan, según fuentes jurídicas, una novedad, ya que lo usual era investigar los delitos aunque las audiencias absolvieran a los afectados en algunos casos. En los últimos meses, el incumplimiento por la Administración de los plazos para la incorporación de los objetores de conciencia a la prestación social sustitutoria servía de motivo absolutorio para los insumisos y en Cataluña, según la última jurisprudencia del Tribunal Supremo, incluso una reciente circular instruye a los fiscales para que retiren entonces las acusaciones, informa Pere Ríos.
La máxima novedad, según el abogado Jon Zabala, experto en esta materia, la constituyen varias resoluciones de los juzgados números 2, 7 y 9 de Bilbao, entre otros, que han archivado diversas investigaciones y coincidido en reprochar al legislador la subsistencia de un delito ajeno a la realidad social y en recordar las promesas gubernamentales de suprimirlo.
"Ningún sentido"
Una es la dictada el 26 de abril por el juez Alfonso J.Villagómez, quien, frente a "la apariencia de un delito", acordó el sobreseimiento porque "ningún sentido tiene desde una razonable perspectiva procesal y material continuar con la tramitación de las diligencias".Villagómez cita al Ararteko (Defensor del Pueblo en Euskadi) en el sentido de que se viene manifestando un "rechazo social" a la "punición de las conductas que el Código engloba bajo la rúbrica de los delitos relativos a la Defensa Nacional", señala que ese rechazo "es mucho más generalizado en el País Vasco" y recuerda varios acuerdos de la Cámara de Vitoria para que se despenalice la insumisión.
El magistrado apela a la "prospectiva jurídica" e invoca la progresiva línea jurisprudencial que anuncia "la caducidad del bien jurídico protegido" porque no le merece tal conceptuación desde la perspectiva de una opinión pública consolidada, con amplio respaldo social y rectamente formada.
Para justificar el archivo del caso, Villagómez invoca también "la manifestación solemne del legislador" en favor de "la inminente reforma" del Código, así como "el compromiso del Gobierno para alcanzar a muy corto plazo la profesionalización de las Fuerzas Armadas". Otro argumento es el de "los indultos que Justicia ha comenzado a proponer".
Razona también Villagómez que el Derecho Penal sólo aspira a proteger "los valores nucleares de la convivencia social (...) en consonancia con la realidad social de los tiempos". Y, por último, apela a que la obligación constitucional de los poderes públicos de promover las condiciones para que sea efectiva la libertad e igualdad de los individuos y los grupos afecta al derecho penal, a la medición del delito y a la concreción de la pena.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.