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¿Rebaja fiscal para todos?

La reforma del impuesto sobre la renta que proyecta el Gobierno arrastrará a las tarifas autonómicas

La reforma del impuesto sobre la renta (IRPF) que prepara el Gobierno ha abierto un confuso debate sobre sus efectos en la financiación de las comunidades autónomas. En contra de lo que asegura el Gobierno, los expertos consultados entienden que una nueva tarifa del IRPF estatal implicará cambios en la autonómica. Existe, sin embargo, coincidencia en que la reforma fiscal es necesaria. A la falta de equidad del sistema tributario y los escasos avances en la lucha contra el fraude como problemas a resolver, se añade el de los equilibrios territoriales, una polémica que se ha cerrado en falso.¿Pagará lo mismo el ciudadano de Madrid que el de Cataluña o Extremadura? El Gobierno, de momento, ha dicho que bajará el impuesto y que quiere cambiar todo el actual sistema de deducciones. Tal como adelantó el secretario de Estado de. Hacienda, Juan Costa, en julio del pasado año, habrá una deducción en la base en concepto de mínimo vital y se eliminarán las actuales deducciones familiares y personales en la cuota. El grupo de expertos encargado de hacer una propuesta al Gobierno ha situado ese mínimo vital en 600.000 pesetas por cada miembro de la unidad familiar.

Este cambio influirá decisivamente en la recaudación por IRPF para las autonomías. La base liquidable del impuesto (rentas declaradas menos deducciones en la base) será inferior al descontarse ese mínimo vital y, por tanto, la tarifa autonómica se aplicará sobre una cantidad menor. Disminuirá la cuota íntegra (antes de deducciones), aunque queda por saber qué deducciones se eliminarán en la cuota para valorar el efecto recaudatorio neto. En la actualidad, las deducciones se cuelgan en un 85% sobre la cuota íntegra estatal y en el 15% restante sobre la autonómica.

El sistema de cesión del IRPF a las autonomías gira sobre el 30% del IRPF, pero por un doble camino. Se cede, desde 1995, el 15% de la recaudación líquida del impuesto (con correcciones) y se cede, desde 1997, el resultado de aplicar a la base liquidable el 15% de la tarifa estatal. Ésta es la foto fija, que evolucionará hacia la segunda vía (cesión del 30% de la tarifa) cuando todas las autonomías tengan transferidas las competencias en Educación.

Hasta ese momento, está claro que si el Gobierno modifica a la baja la tarifa estatal bajará la recaudación de las autonomías al menos por la primera vía (cesión del 15% de la cuota líquida). Esto dependerá de que el ritmo de la reforma se acompase o no al de las transferencias. Pero si la reforma se hace ya con el 30% de la tarifa transferida también quedará afectada la recaudación autonómica.

Hay un primer efecto político. Si como está previsto, el Gobierno reduce los tramos del impuesto sobre la renta, desde los ocho actuales hasta cinco o tres, y si realmente baja el tipo máximo desde el 56% hasta el 50% o el 40%, no parece que las autonomías vayan a separarse mucho de ese esquema. De hecho, las comunidades han aplicado automáticamente la reducción de 10 a 8 tramos decidida por el Gobierno para 1998 y se han limitado a añadir algunas deducciones testimoniales a las del Estado.

¿Algún político defenderá ante sus electores una tarifa más alta que la estatal o supuestamente más compleja, es decir, con más tramos? Y más cuando las autonomías que no han aceptado la cesión del IRPF (Andalucía, Castilla-La Mancha y Extremadura) se verán directamente beneficiadas de una rebaja de impuestos que se congelaría en parte para las demás si no reducen también su tarifa.

El Gobierno sostiene que ésta es una decisión que deberán tomar los Parlamentos autonómos y que no existe norma legal que obligue al arrastre de tarifas. Argumenta también que la reforma del impuesto sobre la renta no tiene por qué implicar un coste recaudatorio para nadie, ya que unos tipos impositivos generales más bajos desincentivarán el fraude especialmente entre las rentas más altas.

Incide, por último, en que el reparto de tarifas se hizo en el punto de partida (1997) y que, a partir de ahí, no se exige una evolución en paralelo. Existe, sin embargo, un techo establecido expresamente en la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas (LOFCA), tras la reforma de finales de 1996. En esa ley se dice que el impuesto sobre la renta podrá ser cedido a las comunidades autónomas con un límite máximo del 30%. Está claro que ese límite hay que calcularlo en referencia a la tarifa estatal, por lo que si ésta se baja deberá modificarse también la correspondiente autonómica.

El acuerdo de financiación autonómica pone otro límite: la tarifa autonómica puede variarse, pero siempre que la cuota íntegra no oscile en un más o menos 20% de la que resulte de aplicar el 15% de la tarifa estatal (un 30% en una segunda fase) a la cantidad de partida. Habrá que saber, por tanto, hasta qué punto el Estado baja su tarifa para calcular si las autonomías se salen de estos límites y deben modificar sus tarifas.

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