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El TC desestima el recurso del Parlamento vasco sobre fondos

El Tribunal Constitucional ha desestimado el recurso de inconstituionalidad que el Parlamento vasco interpuso contra la totalidad de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones, por considerarla contraria a la libertad económica, al cooperativismo vasco y por privatizar la Seguridad Social. Sin embargo, sí declara la inconstitucionalidad, por su vaguedad, de un apartado del artículo 25.3.d) que había sido impugnado por el Consejo Ejecutivo de la Generalitat de Catalunya, según se recoge en una sentencia.Tanto el Consejo Ejecutivo de la Generalitat de Catalunya como el Parlamento Vasco interpusieron recurso alegando que la normativa legal invadía sus competencias estatarias. Ambas instituciones recordaron que aunque el Estado tiene competencia para fijar las bases de la Seguridad Social, su ejecución corresponde a las Comunidades Autónomas, y todo lo relativo a Planes y Fondos de Pensiones es de su competencia exclusiva.

La sentencia del Constitucional desestima esa pretensión al entender que "en la ley impugnada, el Estado es competente para establecer las bases, restándole a las Comunidades Autónomas recurrentes las competencias de desarrollo legislativo y de ejecución".

Según el recurso de la Cámara vasca, el hecho de que las entidades que regulan fondos de gestiones necesiten, de forma previa a su constitución, una autorización de Hacienda, supone una "necesaria valoración positiva y una innecesaria traba a la libertad económica".

Sin embargo, el fallo advierte que teniendo en cuenta la "trascendencia financiera de los fondos", la autorización "resulta un elemento fundamental para asegurar la transparencia de la gestión y, en consecuencia, su propia estabilidad" y resulta "garantía del predominio del interés general que es intrínseca a la competencia de la Administración".

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