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Los tres puntos del escenario español

Los aspectos políticos más importantes del escenario español se especifican en tres puntos, el primero con cinco apartados.1. "La Constitución española en el artículo 144 autoriza a las Cortes Generales a extender el régimen de autonomía territorial vigente para el resto de España a aquellos territorios que no estén integrados en la organización provincial, a los cuales se les otorgaría un Estatuto de autonomía. La oferta de mi Gobierno es proponer para Gibraltar un estatuto similar en el grado de autonomía política y administrativa al de las Comunidades Autónomas españolas. Ello implica, lo siguiente:

A. Los derechos y libertades democráticas enunciados y protegidos por la Constitución española de 1978 se extenderían automáticamente a Gibraltar, que los tiene formulados de manera similar en su Constitución de 1969.

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B. Al igual que en los estatutos de autonomía más avanzados, el de Gibraltar protegería su singularidad lingüística y cultural en el contexto español.

C. La negociación del estatuto incluiría la fijación de las competencias que se otorgarían al Gobierno gibraltareño de acuerdo con la definición en competencias que pueden asumir las autonomías según el artículo 148 de la Constitución española.

D. El estatuto contemplaría también la organización de las, instituciones de autogobierno del territorio, incluido el régimen especial de la judicatura.

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E. Asimismo, se contemplarían las especialidades que se acuerden sobre su régimen económico y fiscal. No tendríamos inconveniente, en este ámbito, en aceptar las actuales características que definen el Estatuto de Gibraltar en la Unión Europea.

2. En cuanto al estatuto personal de los gibraltareños, no es nuestro deseo obligarles a cambiar su nacionalidad y podríamos negociar un régimen especial preferente para la adquisición de la nacionalidad española o para el mantenimiento de una doble nacionalidad.

3. Como garantía para los gibraltareños, estamos dispuestos a aceptar un periodo transitorio en el que la soberanía sería ejercida conjuntamente por España y el Reino Unido, al final de cuyo periodo se completaría el traspaso a España. Esta fórmula ya fue ofrecida por mi antecesor el ministro Fernando Morán en 1984 y yo mismo la he reiterado a su antecesor el señor Rifkind a principios de este año. Como es natural, las modalidades de este periodo transitorio o la posibilidad de estudiar otra fórmula similar estarían abiertas a la negociación. Este ofrecimiento de un periodo transitorio de garantía respondería a los deseos últimamente expresados por las autoridades de Gibraltar de solicitar una reforma constitucional que no implique la pérdida de un vínculo con la Corona británica".

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