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Indemnización de 19 millones para una joven cuya madre murió con sida tras contraerlo su marido en un hospital

El Juzgado de lo social número cinco de Granada ha condenado al Instituto Nacional de la Salud (Insalud) a indemnizar con 19,8 millones a una joven que perdió a su madre tras ser infectada de sida por su esposo, que era hemofilico y fue, a su vez, contaminado con el virus durante una transfusión en el Hospital San Cecilio de Granada.La sentencia considera probado que el padre de la joven, enfermo de hemofilia del Tipo A, fue contagiado por una transfusión en dicho hospital granadino, cuando todavía el Insalud era competente en la comunidad autónoma de Andalucía para la prestación de la asistencia sanitaria.

El juez considera probado que el enfermo de hemofilia fue contagiado del síndrome de inmunodeficiencia adquirida durante una transfusión que le realizaron en 1982, pero considera que no existe relación entre la contaminación del VIH y su muerte, ocurrida en 1988.

Según la historia clínica, la causa de la muerte fue "cirrosis hepática de etiología etílica asociada como factor coadyuvante a la hemofilia de tipo A, ya que el VIH estaba todavía asintomático".

Aun así, cree que la muerte de su esposa -a la que el enfermo contagió sin saber que era seropositivo-, ocurrida en 1991, estuvo directamente relacionada con el síndrome de inmunodeficiencia adquirida. Por ello, "el resarcimiento debe ser sólo por la muerte de ésta".

Según la historia clínica del paciente relatada en la sentencia, el enfermo -por su condición de hemofilico- precisó que se le transfundiera en el hospital de la capital granadina Factor VIII durante los días 3 al 10 de diciembre de 1982 por un gran hematoma; y durante los días 3 al 6 de septiembre de 1986 por presentar otro hematoma en el ojo izquierdo.

Cuando se le hizo la transfusión en 1982, los concentrados Factor VIII que precisan los hemofílicos se obtenían de una gran cantidad de donantes, y, según la sentencia, "generalmenteno benévolos, haciendo de los hemofílicos un grupo de riesgo".

El juez considera que el contagio se produjo en la transfusión de 1982 porque se detectó que el enfermo era seropositivo en septiembre de 1986 "y desde que el VHl penetra en el organismo existe un periodo de entre cinco y ocho semanas en que no se pueden detectar los anticuerpos".

Por este motivo, la sentencia absuelve al Servicio Andaluz de Salud pero considera que "existe altísima probabilidad y racionalidad de que el contagio tuvo lugar a consecuencia de la transfusión de diciembre de 1982 y desde entonces hasta que se le detectaron los anticuerpos en 1986 tuvo altísimas probabilidades de contaminar a su esposa".

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