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Los militares argentinos responderán ante la justicia por el robo de niños en la dictadura

Juan Jesús Aznárez

La Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas (Conadep) en Argentina tenía razón. En su informe sobre la dictadura (1973-1983) constató que los militares o civiles que arrancaron a los niños desaparecidos de sus casas, o de las madres que parieron en cautiverio, decidieron sobre la vida de aquellas criaturas con la frialdad de quien dispone de un botín de guerra. Despojados de su identidad, esos niños, cerca de cuatrocientos, "constituyen y constituirán por largo tiempo una profunda herida abierta" en la sociedad argentina. La herida no cicatriza. Casi 13 años después de haberse publicado ese documento, el fiscal federal Eduardo Freiler emitió un fallo que sienta precedente: el robo de niños durante la dictadura debe ser investigado por la justicia porque queda fuera de las leyes de Punto Final y Obediencia Debida, que perdonó a los comandantes de la dictadura. "Este dictamen es un verdadero freno a la impunidad", aplaudió Alberto Pedroncini, abogado de la Asociación Abuelas de Plaza de Mayo.Los familiares de los más de 10.000 argentinos desaparecidos en aquel salvajismo castrense (1976-1983) empujan a la justicia, y sostienen que, por su naturaleza, aquellos crímenes no deben prescribir. En diciembre pasado se presentó una querella criminal contra varios jefes militares retirados, a quienes se atribuye la preparación y ejecución de un "plan sistemático" para robar hijos de detenidos. Los cinco mandos imputados por seis abuelas son el teniente general Cristino Nicolaides, almirante Rubén Franco, general Eduardo Albano Harguindey, y el ex miembro de las Juntas Militares, Reynaldo Bignone. También, el ex general Carlos Guillermo Suárez Mason, expulsado del Ejército por sus propios compañeros de armas.

Las querellantes sostienen que la sustracción de menores constituye un delito permanente, que no prescribe. Recientemente, durante un juicio contra el Estado para recabar más información sobre desaparecidos, fue esgrimido un documento sobre el tema encontrado en un establecimiento militar.

Dictamen imprescindible

No se reabre el proceso contra las Juntas Militares efectuado en 1985. Se trata de un proceso nuevo, en fase preliminar, por sustracción de menores. El dictamen de un fiscal federal era imprescindible para poner en marcha el proceso. A partir de ahora, se practicarán medidas prácticas de investigación y declaraciones indagatorias de los cinco militares imputados, a cargo del juzgado federal del magistrado Adolfo Bagnasco. De no haberse producido el dictamen, no hubiera habido la posibilidad de esta nueva vista. Los fiscales federales dependen del procurador general de la nación.

El fiscal Freiler, que abre camino a otras instancias, consideró que "no resultan aplicables las normas previstas en las Leyes de Punto Final y Obediencia Debida para el delito de sustracción y apropiación de menores". Reclama también un informe médico para determinar los daños psíquicos sufridos por un recién nacido al ser separado de sus padres. El delito de apropiación pasaría entonces al de "privación ilegal de la libertad", castigado en el artículo 144 del Código Penal, y en la Convención Internacional contra la Tortura.

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La Conadep resumió así el sufrimiento de las familias: "La desesperada, premiosa búsqueda de abuelos y, en ciertos casos, de padres de criaturas desaparecidas, puede considerarse como una síntesis intransferible de dolor y angustia frente al hecho de que, en algún lugar, junto a personas desconocidas, está creciendo una criatura sin vínculo alguno con su familia".

Durante el Gobierno del ex presidente Raúl Alfonsín (1983-1989), dirigente de la Unión Cívica Radical, socialdemócrata, se aprobaron las leyes de Punto Final y Obediencia Debida para excluir de la investigación y procesamiento, por esos u otros delitos, a los escalafones medios e inferiores de las tres armas y cuerpos de seguridad. Alfonsín manifestaría después que promulgó esas leyes para salvar una democracia amenazada.

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