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España se arriesga a multas de 400.000 millones si incumple el Pacto de Estabilidad del euro

Xavier Vidal-Folch

El Pacto de Estabilidad para después de lanzada la moneda única, que anoche trataba de cerrar el Consejo de Ministros de Economía y Finanzas (Ecofin) de la Unión Europea, tendrá gran trascendencia para España. Si entra en el euro y luego incumple el techo máximo de déficit presupuestario (3% del producto interior bruto), sufrirá sanciones por un máximo del 0,5% del PIB, es decir, unos 400.000 millones de pesetas. Pero si logra cumplir la disciplina presupuestaria que exige su permanencia en la moneda única, podrá ahorrarse entre 1,2 y 1,5 billones de pesetas anuales, al rebajar los intereses de la deuda, según estimaciones del Ministerio de Economía.

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Para los expertos de Economía, España puede ser, entre los Quince, el país que más se beneficie de la política de estabilidad, que convertirá en eterna y más dura la actual política de convergencia. Su cálculo parte de la base de que el pago de los intereses de la deuda global española, se lleva el 25% de los presupuestos de las Administraciones Públicas, equivalente al 5,5% del PIB.El tipo de interés medio al que ahora se retribuye la deuda en circulación es del 10%. La hipótesis más probable, según estas fuentes, es que un buen comportamiento macroeconómico en el marco del Pacto de Estabilidad acabe reduciendo ese tipo medio al entorno del 5%.

En consecuencia, la carga de la deuda se rebajaría drásticamente -al cabo de un periodo de tres años, el necesario para renovarla completamente- del 5,5% al 2,7% del PIB, es decir, una cantidad entre 1,2 y 1,5 billones de pesetas.

Riesgos notorios

Pero si la ventaja financiera de ajustarse al programa de estabilidad es clara, independientemente de otros posibles efectos sobre el empleo y el ritmo de crecimiento o la dificultad de políticas de apoyo al ciclo, el riesgo es también notorio.Lo es por la importante cuantía de las sanciones previstas para los países que desborden el techo de déficit, primero en forma de depósitos sin devengo de intereses, transformables después -si sigue el incumplimiento- en multas de hasta un 0,5% de su PIB. En el caso de España, supondría unas 400.000 millones de pesetas.La gravedad de las eventuales sanciones es lo que ha empujado a España a propugnar, siguiendo a la Comisión y de acuerdo con todos los demás socios, salvo Alemania, un resquicio de discrecionalidad suficiente para decidir en su momento si se han producido o no "circunstancias excepcionales" que aconsejen eximir de la multa a un país con déficit excesivo.

Es decir, que se juzgue con margen de maniobra, caso por caso y en comparación con las "tendencias recientes" de cada economía, si un revés económico resulta muy grave para un país y puede excusarle durante un tiempo de mantener su déficit por debajo del 3% del PIB.

La única eximente tolerada por Alemania es que aparezca súbitamente una recesión anual (o de cuatro trimestres consecutivos entre dos ejercicios) del 2% (en el último Ecofin la suavizó hasta el 1,5%). Aplicando ese criterio a la historia de los últimos 35 años, España no se habría librado de las multas, si en ese tiempo hubiese funcionado un mecanismo como ese Pacto de Estabilidad tan rígido y automático, ni siquiera en la crisis del segundo choque petrolero, que llegó con retraso a nuestro país.

Así, ni el parón económico de 1979 (crecimiento cero) ni la recesión de 1981 (crecimiento de menos 0,2% del PIB) habrían servido de escapatoria. Tampoco se habría salvado de las sanciones en la siguiente gran crisis general, tras la guerra del Golfo, cuando la recesión supuso una caída del 1,2% del PIB.

Sí se habría librado, sin embargo, si se aplican las otras fórmulas barajadas por Bélgica, por Holanda y por la presidencia irlandesa, mucho más suaves. A saber, que el crecimiento fuese negativo por causa de una recesión, que no se cuantifica, caracterizada tanto por su "brusquedad" como por su ruptura "con anteriores tendencias"; o que se tratase de una recesión dentro de una horquilla entre el menos 0,5% y el menos 1%, que pueda considerarse excepcional por su brusquedad.

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