Indicios y pruebas
AUNQUE EL Gobierno no desclasifique los llamados papeles del Cesid, sus copias tienen validez como indicios, por lo que los jueces deben investigar los supuestos delitos a los que en ellos se hace referencia. Es más: la no desclasificación no significa que "estén definitivamente condenados a no servir como prueba" ante un tribunal. Así lo sostiene la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional en un auto conocido ayer. La resolución contradice la interpretación de quienes venían sosteniendo que la negativa del Gobierno a desclasificar los papeles abocaba a la paralización de los sumarios sobre los GAL y al triunfo de la impunidad.Esta consideración, entre otras, ha servido pira que esa sala confirme el procesamiento y la prisión preventiva de los ex guardias civiles Enrique Dorado y Felipe Bayo por su presunta participación en la tortura y asesinato de Lasa y Zabala. Sigue adelante, por tanto, la investigación. El instructor podrá utilizar los indicios contenidos en los papeles, pese a que su no desclasificación impida por ahora utilizarlos como elemento de prueba. El auto dictado ayer considera que la resolución dictada por el Tribunal de Conflictos Jurisdiccionales, que otorgaba al Gobierno la exclusiva competencia para la desclasificación de documentos secretos, entra en contradicción con la doctrina reiterada por el Supremo. La sala concluye que si los papeles resultaran finalmente imprescindibles como elemento de prueba, tendrían que llegar de alguna manera a los tribunales, con todas las garantías de secreto que fueran necesarias. Incluso apunta la vía del Constitucional y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos para resolver un eventual conflicto. Pero al margen de esas reflexiones, la sala concluye que la negativa a desclasificar los papeles del Cesid no resta valor de indicio de prueba a las supuestas copias halladas en la celda de Perote y que están en poder de los jueces.
En el pulso que algunos jueces mantienen con el Gobierno -hasta hace unos meses con el del PSOE y hoy con el del PP- a cuenta de los papeles del Cesid, este auto es, sin duda, un varapalo al Ejecutivo. Pero no por ello destruye los argumentos en los que se apoyó el Consejo de Ministros del 2 de agosto para la no desclasificación. Argumentos específicamente políticos, que no pueden ser obviados: el negativo efecto sobre los servicios secretos al establecer un precedente de ese tipo, la inconveniencia de abrir un proceso de desautorización de un Gobierno a su antecesor y la utilización de esos papeles como elemento de chantaje contra el Gobierno legítimo. Chantaje que no desaparece incluso si al final los papeles acaban convirtiéndose en prueba definitiva. El Gobierno hizo bien en no colaborar al blanqueo del material que el, coronel Perote robó del Cesid. Por lo demás, sobre ese acuerdo del Consejo de Ministros se pronunciará finalmente el Supremo, ante el que se han presentado dos recursos contenciosos.
Todo este embrollo jurisdiccional que contamina la vida pública de este país desde hace varios años habría podido evitarse en buena medida mediante la creación de una instancia, tal vez en el ámbito del Tribunal Supremo, que tuviera acceso restringido a documentos secretos cuando se plantea un conflicto de esta naturaleza. Es algo que la nueva Ley de Secretos Oficiales debe resolver de una vez por todas.
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