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El País Vasco liberaliza las aperturas

La ley de ordenación farmacéutica del País Vasco se aplica desde junio de 1994. Existen 750 farmacias reguladas por la división del territorio en tres zonas -A, B y C- que contienen diferentes cupos de habitantes por cada establecimiento: 3.200 habitantes, 2.800 y 2.500 habitantes por farmacia es el número establecido para cada una de las zonas, informa Cristina Angulo. La Consejeria vasca de Sanidad está preparando un decreto de horarios que regulará un mínimo de 40 horas semanales de apertura para los despachos., de farmacia, así como los horarios de urgencias y festivos.Este decreto, que será aprobado previsiblemente en mayo, establece la libertad de horarios, que será regulada por los colegios farmacéuticos, siguiendo las condiciones impuestas por la Administración vasca, que obligará a mantener horarios fijos anuales.

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La ley vasca, que concibe al farmacéutico como "un agente de salud", determina una distancia mínima de 250 metros entre las farmacias, aunque estas distancias pueden modificarse en función de la densidad de población.

Desde 1991, el Gobierno catalán controla sus farmacias por ley. Aquí, un farmacéutico sólo puede ser propietario o copropietario de una única botica, donde se exige la presencia efectiva de un titulado. La Generalitat se reserva la planificación de la red de oficinas de farmacia, que ejerce conjuntamente con el colegio de farmacéuticos. Distingue tres áreas diferentes: urbana, rural y de montaña. En la primera debe haber una farmacia por cada 4.000 habitantes; en la rural o semiurbana, una por cada 2.500, y en las de montaña, una por cada 1.500 habitantes.

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