En España no hay leyes de discriminación posistiva

En España, la igualdad legal es un hecho obtenido a lo largo de los últimos 20 años. El único ele mento discriminatorio que per siste es el recogido en el artículo 45 de la Constitución Española sobre la sucesión a la Corona, en la que expresa la preferencia del varón sobre la mujer. El paso si guiente, el de adoptar leyes de acción positiva no ha llegado. "En el campo laboral, se pretende que sea la voluntad de las partes la que introduzca determinadas normas y que, por tanto, se recojan en los convenios colectivos", dice Lucía Ruano, asesora del gabinete de estudios del Consejo Económico y Social. "Que yo sepa, no ha habido ningún convenio todavía que se haya destacado por esto", añade.Las acciones aplicadas al mundo laboral español para fomentar la igualdad comenzaron en 1989. En aquel año según Ruano, se puso en marcha por vez primera un programa de fomento de empleo que consiste en ayudas o bonificaciones para que las empresas contraten a mujeres en sectores donde éstas están subrrepresentadas, de la misma manera que se fomenta el empleo juvenil. Son programas coyunturales casi inexistentes hoy. Según datos de la ONU, en España las mujeres cobran un 25% menos de salario que los hombres, por iguales trabajos.
En el terreno político, dos grandes organizaciones -PSOE e IU- han adoptado cuotas femeninas. El PSOE aprobó una cuota del 25% en 1988. Nunca la ha alcanzado. IU elevó dicho porcentaje hasta el 30% y las candidatas por Madrid abandonaron las listas en las últimas elecciones municipales porque éste no se respetaba.
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