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El Congreso amplía la excedencia por maternidad o paternidad

El Congreso aprobó ayer por unanimidad la ampliación hasta tres años de la excedencia por maternidad o paternidad. En su tramitación previa en el Senado se había introducido, en la proposición no de ley, la obligatoriedad para el empresario de convocar a los padres que disfrutan de excedencia a cursos de formación -de asistencia voluntaria-, para que los trabajadores no se encuentren desfasados técnicamente al reincorporarse.Los padres, independientemente de su sexo, tendrán derecho a una excedencia de un máximo de tres años por hijo: durante el primer año, al trabajador se le reservará su puesto concreto; en los años siguientes, se le garantizará la misma categoría. Sucesivos nacimientos darán derecho a una nueva excedencia que pondrá fin a la anterior. Si ambos cónyuges trabajan, sólo podrá disfrutar de excedencia uno de ellos.

El empresario podrá sustituir a esos trabajadores durante dicho período, con contratos con bonificaciones cara a la Seguridad Social: Dichas bonificaciones supondrán una reducción del 95% en las cuotas empresariales durante el primer año, del 60% en el segundo y del 50% en el tercero. La condición es que él empresario contrate como interinos a trabajadores en paro que estén cobrando la prestación por desempleo.

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