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El Supremo ordena por primera vez que se indemnice a una autoridad por desacato

La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia que refuerza el delito de desacato al admitir por primera vez que la autoridad desacatada sea indemnizada por el autor del delito. La sentencia condena a un concejal del Ayuntamiento de Santa Marta de Tormes (Salamanca) que llamó "ladrón" y "mafioso" al alcalde de la localidad a indemnizarle con 500.000 pesetas.Durante un pleno de la corporación, el concejal Isidro Navas Magro interrumpió a otro compañero que se hallaba en el uso de la palabra. El alcalde le pidió hasta siete veces que no alterase el orden, tras lo cual ordenó a los municipales sacarle del salón. El concejal respondió llamando ladrones a los integrantes del Ayuntamiento y mafioso y ladrón al alcalde "con el deseo reiterado de que constara en acta tal expresión".

La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Ramón Montero, recuerda que en el delito de desacato no está en juego el honor personal, sino la autoridad de las instituciones, pero añade: "Un ministro, un alcalde, no son sujetos del desacato en cuanto personas, pero sí pueden ser perjudicados reflejamente por la comisión del delito". El concejal ha sido condenado además a cuatro meses de arresto y 30.000 pesetas de multa.

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