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El Gobierno español comunica a la CE que los extranjeros podrán ser funcionarios

El Gobierno español ha comunicado a la CE que procederá en breve a las modificaciones legales necesarias para permitir el acceso de ciudadanos comunitarios a empleos de la Administración reservados hasta ahora a los españoles. Entre otros casos, se autorizará a los extranjeros para que puedan ejercer como docentes y también en ciertas áreas de la sanidad pública. La comunicación se produce tras diversos requerimientos comunitarios en este sentido.

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Bien, pero menos

El Ministerio para las Administraciones Públicas prepara un proyecto de ley en el que, en casos determinados, se elimina la exigencia de nacionalidad española para ser funcionario.Esta modificación, sin embargo, tendrá en cuenta sentencias del Tribunal de Justicia Comunitaria en las que se reconoce el derecho de los estados a reservar aquellos cargos que estén directa o indirectamente relacionados con el ejercicio del poder para los ciudadanos del propio país. Los cargos reservados deberán ser establecidos por los propios ministerios afectados, según explicaron fuentes del Ministerio para las Administraciones Públicas.

Actualmente hay algunos profesores extranjeros en universidades españolas. Uno de ellos, Michael Walker, catedrático de Antropología Física en la Universidad de Murcia, había efectuado varias reclamaciones, una de ellas ante la Comunidad Europea, por entender que, pese a tener categoría equivalente a la de catedrático y percibir emolumentos similares, se veía excluido, por su nacionalidad británica, de determinados derechos, entre otros de la posibilidad de formar parte de tribunales de oposición o de ocupar determinados cargos universitarios, incluso en el propio departamento.

Títulos reconocidos

En respuesta a una de sus cartas, la dirección de Asuntos Sociales de la Comunidad le comunicaba el pasado mes de febrero que había conversaciones en curso con el Gobierno español, y, también con otros gobiernos de países comunitarios, a fin de lograr que se eliminara la exigencia de nacionalidad para determinados puestos de la Administración.

Fuentes de la Administración española reconocieron estas conversaciones y confirmaron su voluntad de modificar la legislación a fin de evitar la discriminación por motivos de nacionalidad. En este sentido, lasmismas fuentes recordaron que ya en noviembre de 1991 se publicó en el Boletín Oficial del Estado el real decreto que, además de regular el sistema general de reconocimiento de títulos universitarios de la CE, incluía un artículo en el que se reconoce que "quienes de acuerdo con las disposiciones vigentes estén en facultades para ejercer en España actividades propias de alguna de las profesiones reguladas ( ... ) gozarán de los mismos derechos que reconoce este Real Decreto a quienes estén en posesión del actual título profesional oficial".

Las profesiones que regula el decreto, y que se describen en un anexo del mismo, pertenecen a los sectores jurídicos, sanitarios, técnico-científicos y culturales. En este último apartado se incluye a los "maestros, profesores de educación secundaría, profesores de Universidad y profesores de Escuelas de Turismo".

En el caso de la sanidad, el decreto reseña las profesiones de enfermero generalista con especialidad -excepto en el caso de la obstetricia ginecológica-, fisioterapeuta, óptico, podólogo y psicólogo.

El decreto, al reconocer títulos expedidos fuera de España, permite el ejercicio de la profesión en el interior del país, ya sea en empresas privadas o públicas. Pero para el acceso al funcionariado es necesaria la modificación de la ley de la función pública, que es lo que en estos momentos redacta el Ministerio para las Administraciones Públicas. En determinadas profesiones -abogado, procurador, auditor de cuentas y graduado social-, el Gobierno exigirá una prueba de aptitud en la que los candidatos acrediten el conocimiento del derecho nacional.

Las mismas fuentes declinaron establecer plazos precisos para la conclusión de la ley, aun reconociendo la voluntad de que su tramitación se produzca en breve plazo, entre otros motivos debido a que cada vez era mayor el número de sentencias del Tribunal de Justicia Comunitaria que reconocían estos derechos a los ciudadanos comunitarios.

Esta modificación no supondrá abrir también el acceso a estas funciones a ciudadanos de países ajenos a la Comunidad Europea, sean procedentes del área hispanoamericana o de otras áreas, según las mismas fuentes, por lo que la regularización de los casos de profesores extranjeros en España sólo afectará a ciudadanos de la CE.

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