El Constitucional veta las partidas presupuestarias que invadan la autonomía catalana
El Tribunal Constitucional declaró ayer inconstitucionales varias partidas de los presupuestos generales del Estado de 1988 y 1989, por invadir competencias de la Generalitat de Cataluña. En la sentencia que estima parcialmente el recurso de la Generalitat de Cataluña, el alto tribunal limita el alcance de tal declaración a impedir tales partidas en futuros presupuestos.La sentencia, de 155 folios de extensión y de la que ha sido ponente el magistrado Álvaro Rodríguez Bereijo, razona que la anulación de las partidas presupuestarias declaradas inconstitucionales supondría "graves perjuicios y perturbaciones, también en Cataluña, a los intereses generales, afectando a situaciones jurídicas consolidadas, y particularmente a la política económica y financiera del Estado".
Entre las partidas declaradas inconstitucionales figuran las dedicadas, a través del Insalud, a gastos de formación continuada del personal sanitario, servicios de asistencia psiquiátrica, afectados por el síndrome tóxico y asistencia religiosa en centros hospitalarios. También las atenciones extraordinarias directas de Educación "a todas las Universidades" y la trasnferencia de Asuntos Sociales para familias e instituciones sin fines de lucro.
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