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Una forense considera el sida un supuesto "correcto" en un caso de aborto

Elvira Garrido, médica de la clínica forense de la Audiencia de Valencia, considera que el hecho de que una mujer se someta a un aborto porque padece el sida está dentro de los tres supuestos que fija la Ley de Interrupción del Embarazo. La forense realiza estas afirmaciones en un informe oficial, fechado el 4 de enero, solicitado por el Juzgado de Ins-trucción número 3 de Valencia, que investiga la actuación de la clínica valenciana Reia Médica en el aborto practicado a V. M. M., embarazada de seis semanas y media.La mujer, toxicómana y seropositiva, fue detenida en diciembre cuando intentaba usar una tarjeta de crédito falsificada. V. M. M. declaró que necesitaba dinero para someterse a una operación de interrupción del embarazo. El juzgado abrió una investigación para -averiguar si la clínica keia Médica, autorizada por la Consejería de Sanidad, había actuado conforme a la ley.

El informe del forense, que no especifica dentro de qué supuesto puede incluirse este caso, señala: "Los datos aportados en el expediente determinan que la pauta a seguir por la clínica Reia Médica, a fin de valorar la inclusión médica en los distintos supuestos de la ley del aborto, es correcta". Pero no todos los juristas mantienen la misma posición al respecto. El Juzgado de Instrucción número 9 de Valencia, que investiga la presunta negligencia de la clínica Acuario en una operación de interrupción del embarazo en una mujer con sida, no ha abierto diligencias sobre la ilegalidad de la operación.

Juristas de acuerdo

En este caso, A. A. C., de 26 años, seropositiva, embarazada de 12 semanas, decidió someterse a un aborto tras ingresar a su otro hijo, también con sida, en un hospital. El niño padecía un proceso neumónico causado por el virus de inmunodeficiencia humana (VIH). Después de la operación, la mujer tuvo que ser ingresada en el hospital General de Valencia para someterse a un legrado, como consecuencia de diversas complicaciones que se produjeron durante el aborto por aspiración.Especialistas médicos y jurídicos consultados ayer por este diario señalaron que no tiene sentido que se realice una investigación judicial cuando una mujer es seropositiva. Las mismas fuentes afirmaron que dentro de la Ley de Interrupción del Embarazo existen dos supuestos que se pueden aplicar en estos casos: el primero, que se refiere al peligro para la salud, tanto física como psíquica, de la madre, y, el segundo, que permite la interrupción del embarazo cuando existe la posibilidad de que el feto sufra algún tipo de tara.

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