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La frontera olímpica

La Generalitat de Cataluña dictó una orden el 15 de Febrero de 1989 por la que declaraba a esta comunidad zona libre de peste equina y establecía una frontera de protección sanitaria en torno a su territorio.

El Gobierno interpuso un conflicto de competencia en relación con la orden del ejecutivo catalán y tuvo que ser el Tribunal Constitucional el que decidiera el conflicto.

El Constitucional no entraba a resolver el fondo del asunto pero permitió que la Generalitat aplicase las medidas de protección previstas en la orden.

Mientras, el Comité Olímpico Internacional (COI) expresaba sus dudas acerca de la posibilidad de celebrar las pruebas hípicas en los Juegos Olímpicos de Barcelona 92. La Federación Ecuestre Internacional (FEI) se oponía a la celebración de las pruebas en Barcelona y así se reflejó en las declaraciones de su vicepresidente, el conde Lamber, en la reunión celebrada en Rotterdam en agosto del año pasado.

En la 95ª sesión del Comité Olímpico Internacional, celebrada en Puerto Rico durante los días 29 y 30 de agosto del año pasado, la delegación del Comité Organizador Olímpico Barcelona 92 (CCOB) logró que el máximo organismo olímpico internacional pospusiese su decisión hasta la reunión que se celebrara en Tokio la próxima semana.

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