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Expediente a un hospital privado de Langreo por discriminar a mujeres

La Inspección de la Dirección Provincial de Trabajo de Asturias ha incoado un expediente sancionador a un hospital privado de la región por presunta discriminación laboral por razón de sexo. El sanatorio Adaro, de Langreo, sólo acepta varones para cubrir las plazas de enfermero, y mujeres, para las de auxiliar. La infracción en la que presuntamente ha incurrido el centro hospitalario está tipificada como muy grave en la ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, que data de 1988.La Inspección de Trabajo de Asturias tuvo conocimiento de que al menos dos aspirantes para cubrir plazas de enfermero en el sanatorio Adaro habían sido rechazados por tratarse de mujeres. La dirección de¡ centro alegó ante el inspector actuante que en el mencionado centro hospitalario existen dos categorías diferenciadas, según el sexo de quienes las desempeñan, cubriéndose tradicionalmente las de enfermero sólo con varones, y las de auxiliar, sólo con mujeres.

El hospital establece un paralelismo entre su categoría de enfermero y la de celador en la Seguridad Social. La Inspección de Trabajo no comparte este criterio y entiende que no hay razón para discriminar, en función del sexo, a quienes pretendan acceder a las dichas categorías.

Sólo enfermeros

La dirección del sanatorio Adaro había explicado con anterioridad -en una carta dirigida al Centro Asesor de la Mujer, que se había interesado por la cuestión a instancia de una de las aspirantes rechazadas, Elena Crespo Braña- que, por "cuestiones de costumbre del centro, las funciones de enfermero las viene desempeñando desde hace tiempo personal masculino".La Inspección de Trabajo de Asturias ha incoado un acta de infracción con propuesta de sanción al sanatorio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 28 de la ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, que considera como infracción muy grave establecer condiciones que constituyan discriminación, en el acceso a un puesto de trabajo, por razón de sexo, raza, religión, ideología, origen social, etcétera.

La sanción contemplada en el artículo 37 de la mencionada ley para las infracciones tipificadas como muy graves consiste en una multa que oscila entre 0,5 y 15 millones de pesetas. La dirección del centro dispone de 15 días para presentar escrito de descargo ante la autoridad laboral. Ayer, el jefe de personal del hospital prefirió no comentar el suceso y el director del centro no pudo ser localizado.

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