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La capital del IVA

En S'Agaró se gestaron las primeras normas sobre la imposición indirecta en España

S'Agaró es una villa marinera con uno de los hoteles más famosos de la Costa Brava, La Gavina. Por él ha pasado un sinfín de ministros españoles y extranjeros, escritores, artistas y actores, e incluso ha servido para una serie televisiva protagonizada por el grupo El Tricicle. El pasado fin de semana, los ministros de Economía de los países de la CE se reunieron ese mismo hotel. Uno de los asuntos a debate fue la armonización del impuesto sobre el valor añadido (IVA). Curiosamente, este tipo de gravamen fue aprobado por vez primera en España en S'Agaró, por la Generalitat republicana, en 1937. El nombre que recibió entonces fue el de impuesto sobre la cifra de negocios.A finales de 1936, la situación en Cataluña era caótica como consecuencia de la guerra, que duraba ya seis meses y que empezaba a intuirse larga. Algunas empresas se habían quedado sin directivos, otras habían sido nacionalizadas y en casi todas las dificultades de tesorería y de materias primas amenazaban con llevar a un estrangulamiento de la actividad. También el Gobierno de la Generalitat se hallaba en una situación de liquidez más que corta, con el agravante de una inflación galopante. Ante este panorama se promulgó un decreto, el 20 de noviembre de 1936, que otorgaba facultades excepcionales al conseller de Finanzas, que era Josep Tarradellas. "La persistencia de una anormalidad, cuya duración no es hoy previsible", decía el preámbulo del texto, "obliga aún más al Consell de la Generalitat a buscar los medios de coordinación de todos los resortes fiscales y financieros que pueda tener a su alcance". El desarrollo de estas facultades excepcionales son los decretos de S'Agaró.

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Su aprobación se produjo los días 8, 9 y 12 de enero de 1937 y fueron publicados en el DOG el 18 de ese mismo mes. El objetivo de este conjunto de normas era estabilizar la autoridad monetaria, garantizar el funcionamiento del sistema financiero, reorganizar el crédito y los impuestos y restablecer las facultades políticas de la Generalitat. Estas medidas se unían a las promulgadas en agosto de 1936 por las que la Generalitat intervenía las sucursales del Banco de España en Cataluña, transformándolo en Banco de la Tesorería de la Generalitat, así como las delegaciones de Hacienda. El Gobierno de la República consideró las decisiones del Ejecutivo catalán como una vulneración de las atribuciones del Estatuto, por lo que intentó, y finalmente consiguió, la derogación de no pocas de estas medidas.

Enfrentamientos

El juicio que mereció la actuación de Tarradellas a hombres como Manuel Azaña o Indalecio Prieto ha quedado bien recogido en las memorias del primero. Azaña afirma que Prieto llegó a decir que Lluís Companys era "un enfermo" y Josep Tarradellas "un canalla". El propio Azaña, por su parte, discutió en varias ocasiones la improcedencia de las medidas con Pere Corominas, August Pi i Sunyer y el propio Tarradellas. Su presencia en Barcelona, coincidiendo con los enfrentamientos de mayo de 1937, no supusieron para él una mejora de la visión negativa sobre el comportamiento de la Generalitat.

En cualquier caso, hasta el propio Azaña era consciente de la difícil situación financiera de Cataluña y en sus memorias se recoge la anécdota de la mujer de un alto cargo detenida cuando intentaba pasar joyas a Francia. Las medidas contra el atesoramiento de joyas y metales preciosos, así como contra el acaparamiento de dinero, fueron promulgadas por la Generalitat en agosto de 1936, al tiempo que dictaba el bloqueo de los depósitos bancarios y establecía moratorias para el pago de obligaciones y regulaba los efectos impagados por haber sido librados contra plazas ocupadas por los rebeldes. En definitiva, todas estas medidas estaban encaminadas a garantizar una cierta liquidez en las empresas y en la propia tesorería del Gobierno. Pero fueron los decretos de S'Agaró los que acabaron de perfilar una solución, aunque después no resultase tan efectiva como se esperaba.

El primer objetivo de los decretos y órdenes era reorganizar el Departamento de Finanzas, para lo que se procedió a la creación de un servicio técnico encargado de regular el crédito y el ahorro. También se regulaba la intervención sobre el resto de los departamentos gubernamentales y se intervenían el Banco Hipotecario, el Exterior y el de la Propiedad. Los dos primeros, al igual que el Banco de España, permanecerían bajo el control de la Generalitat hasta mayo de 1938. Estas disposiciones, así como la nacionalización de los bancos catalanes y de las cajas de ahorro, tenían como objetivo garantizar el flujo de créditos a las empresas. Para promover un mayor aumento de la liquidez, la Generalitat fomentó el uso del cheque bancario y llegó incluso a emitir moneda.

Para paliar el déficit presupuestario, la Generalitat dispuso una modificación del sistema impositivo. Entre las medidas en este ámbito destaca la creación, por primera vez en España, de un impuesto sobre la cifra de negocios, equidistante entre el actual IVA y el extinto impuesto sobre tráfico de empresas. También se establecieron impuestos sobre las actividades radiofónicas y los espectáculos. Los ingresos procedentes de los nuevos impuestos no fueron suficientes para eliminar el déficit, entre otros motivos por la dificultad de ejecutar su cobro, pero de su importancia habla el hecho de que la recaudación efectuada por los ingresos presupuestarios previstos antes de la normativa ascendieron a 126 millones de pesetas en el período comprendido entre el 19 de julio de 1936 y el 31 de julio de 1938, mientras que las nuevas tasas proporcionaron 123 millones de pesetas.

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