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Confirmada la multa de 24 millones por evasión de fondos al ex alcalde de La Jonquera

La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha confirmado, según se conoció ayer, las dos multas de 12 millones y 200.000 pesetas que le fueron impuestas por la Audiencia Nacional al ex alcalde de La Jonquera, Josep Maria Mesquida, como autor de un delito monetario en grado de tentativa, al intentar sacar al extranjero 32.400.000 pesetas.

La sentencia confirma también las penas a los otros cuatro procesados por el mismo delito. León Grau, industrial de Alcoy, tendrá que pagar dos multas idénticas a las de Mesquida, y los vecinos de Barcelona Alberto Casamayor Carnicer, Juan Antonio Obiol Méndez y Eugenio Baturone Rivas tendrán que satisfacer cada uno una multa de ocho millones y otra de 100.000 pesetas. La sentencia confirmada ahora por el Supremo fue dictada por la Audiencia Nacional el 2 de febrero de 1985.

El texto del Supremo ratifica plenamente el de la Audiencia Nacional, en el que se consideraban probados sólo parte de los hechos que se desarrollaron a partir del 2 de noviembre de 1982, cuando León Grau se puso en contacto con Obiol y Casamayor para sacar del país 35 millones de pesetas. Para llevar a cabo la operación, Obiol contactó con Mesquida y Baturone. Éste recibió el 8 de noviembre 32.400.000 pesetas, pues ya se habían descontado las correspondientes comisiones destinadas a los intermediarios. El tribunal deja de considerar probados los hechos a partir de ese día, porque ni las investigaciones policiales ni las judiciales consiguieron seguir la pista del dinero, que, según la sentencia, "no está acreditado, ni hay constancia de lo que ocurrió con él".

Daños a la economía

El Supremo ha rechazado todas las alegaciones de los abogados defensores. Una de ellas señalaba que los procesados no causaron daños a la economía nacional porque el dinero, según ellos, no llegó a salir de España. Para el Supremo, la ley castiga no sólo la exportación ilegal de moneda, sino también la tentativa, conspiración o proposición para hacerlo. Para el Tribunal Supremo la intervención de Mesquida en los hechos está probada en la setencia condenatoria "sin que sea posible trivializarlos, o mininúzarlos, como pretende dicho recurrente".Josep Maria Mesquida se halla inmerso en otro proceso judicial por un presunto delito de inducción al atraco, ocurrido el 10 de junio de 1985, por el que el fiscal solicita una pena de seis años y un día de prisión.

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