El subsidio agrario sólo es válido para Andalucía y Extremadura
Una sentencia del Tribunal Central de Trabajo ha estimado que el jornalero murciano que cobró el subsidio de desempleo agrario no tiene derecho a la percepción de esta prestación, por no residir en Andalucía o Extremadura.
Esta decisión judicial contesta el recurso planteado por el Instituto Nacional de Empleo (Inem) hace dos meses contra la sentencia de la Magistratura de Trabajo de Murcia que condenaba a dicho organismo al pago del seguro de desempleo agrario.
La Magistratura estimaba que el Real Decreto que regula el subsidio agrario vulneraba el artículo 14 de la Constitución, que reconoce el principio de igualdad de los españoles. La sentencia también tomaba en consideracion que en Murcia los trabajadores del campo suponen un 21,9% cuando la media nacional es el 15,74%. Precisamente una de las razones de implantar el subsidio en Andalucía y Extremadura es su alta tasa de paro.
El secretario de empleo de CC OO, José Tárraga, anunció que el sindicato interpondrá recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional y se dirigirá si hace falta a Estrasburgo.
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