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Tribuna:EL CORREDOR DE COMERCIO COLEGIADO
Tribuna
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100 años después del Código de Comercio.

Ayer comenzó la asamblea general de corredores de comercios de España, presidida por el ministro de Justicia, Fernando Ledesma. El autor éxplica la problematica ele este colectivo, poco conocido, con vistas a un futuro incierto, dominado por la reforma del mercado de valores que está preparando el Ejecutivo, que entrará en vigor este año, y de la que todavía se desconocen sus líneas maestras.

Probablemente, la figura del corredor de comercio es poco conocida en Madrid, Barcelona y Bilbao, fuera del estricto campo de los profesionales financieros y bancarios, ya que desde el año 1910 sus funciones en las plazas bursátiles fueron absorbidas por los agentes de cambio y bolsa, que además de sus funciones propias, para las que fueron creados en 1831, asumieron las competencias de aquéllos, no produciéndose más nombramientos de corredores en estas ciudades.En el resto del país, los corredores han venido desarrollando una función fedataria y mediadora que, si bien es susceptible de mejora, ha demostrado por otra parte su eficacia en los últimos 10 años, como institución garante de la seguridad jurídica y económica, en los momentos de crisis económica ocurridos y en la que su funcionamiento ha sido puesto a prueba con carácter masivo, con resultados al alcance de cualquiera, y fundamentalmente de los órganos de la Administración más implicados: Justicia y Economía y Hacienda.

Precisamente en el espacio de tiempo transcurrido entre la última asamblea general, en 1980, y nuestros días se ha sustanciado la mayor crisis económica y bancaria desde finales de la guerra civil de 1936, produciéndose una demanda de servicios a los corredores con carácter absolutamente generalizado.

La presente asamblea debía haberse celebrado en diciembrede 1985, fecha que coincidiría con el centenario de la publicación del Código de Comercio, texto legal fundamental de la profesión, que consagró a los corredores como federativos públicos especialmente cualificados, "verdaderos notarios del comercio y de la banca", según reza la exposición de motivos.

Necesidad de definición

La no celebración en aquellas fechas se debió a la existencia de un anteproyecto de reforma del mercado de valores, en el que se clarificaba en sus disposiciones finales y derogatorias el ámbito de competencia entre agentes de cambio y bolsa y corredores de comercio, de urgente necesidad para el mejor funcionamiento de ambas figuras y que a buen seguro redundaría en un servicio público más eficaz, tanto en las bolsas como fuera de ellas, máxime en unos momentos como los actuales de potenciación de los mercados bursátiles.La necesaria prudencia en aquellos momentos hizo posponer su celebración, y, aunque el mencionado anteproyecto no pasó de tal, de nuevo surgen noticias en la Prensa en el sentido de que la reforma del mercado de valores, absolutamente necesaria para ensanchar y sobre todo clarificar nuestras bolsas de cara al año 1989, fecha clave de nuestra vinculación a la Comunidad Económica en materia de armonización de mercados, se realizará en el año 1987.

A pesar de ello, parece que no se puede retardar más la celebración, y en los días mencionados, aparte de una serie de temas específicos como la protección al consumidor, reforma de la ley de Enjuiciamiento Civil y otros, se tratarán fundamentalmente dos problemas: competencia funcional del corredor de comercio y ámbito de su actuación, y el corredor de comercio ante la entrada de España en la CE.

Aunque sin duda ambos problemas afectan prioritariamente a la institución, la preocupación fundamental, como no podía ser de otro modo, está centrada en la mejora del servicio público que tienen encomendado por la Administración desde hace más de 100 años y los medios para conseguirla.

La superación -de la fragmentación de la fe pública mercantil extrabursátil, puesta en cuestión por la mayor parte de los expertos por las disfunciones que produce, por no mencionar las dificultades de actuar al unísono en la bolsa y fuera de ella, con carácter fedatario en ambos casos, y la adaptación a las múltiples figuras que han aparecido estos años y las que sin duda lo harán próximamente, exigen de los corredores de comercio una permanente puesta al día, con el fin de que sus capacidades sean puestas al mejor servicio de la sociedad, razón determinante para la existencia y desarrolló de una figura jurídico-económica que, con palabras del Consejo de Estado, "ha desplazado su centro de gravedad, desde las meras funciones de agencia o correduría a las más elevadas de dación de fe pública.

A los corredores toca el trabajo de intentarlo y a la sociedad el juzgar los resultados del mismo.

Juan Ramón Ortega Vidal es corredor de comercio colegiado.

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