_
_
_
_
_
Tribuna:
Tribuna
Artículos estrictamente de opinión que responden al estilo propio del autor. Estos textos de opinión han de basarse en datos verificados y ser respetuosos con las personas aunque se critiquen sus actos. Todas las tribunas de opinión de personas ajenas a la Redacción de EL PAÍS llevarán, tras la última línea, un pie de autor —por conocido que éste sea— donde se indique el cargo, título, militancia política (en su caso) u ocupación principal, o la que esté o estuvo relacionada con el tema abordado

Las estadísticas la hora de España

La entrada de España en la Comunidad Económica Europea (CEE) ha dado lugar a algunas reflexiones públicas sobre la situación actual de las estadísticas españolas y el reto que la integración supone para la adaptación de un sistema que se considera insuficiente para satisfacer las necesidades de información planteadas. Concretamente, y desde estas mismas páginas, el artículo Las estadísticas en la hora de Europa, publicado en EL PAÍS del 30 de noviembre, ofrecía algunas consideraciones respecto al papel que debe desempeñar el Instituto Nacional de Estadística (INE) en este contexto, aludiendo asimismo a la dispersión que se está produciendo, al asumir algunos ministerios y comunidades autónomas tareas estadísticas.

Habría que aludir, en primer lugar, al papel fundamental que debe desempeñar el INE como organismo central y coordinador de la estadística española, reconocido desde la propia "ley de 31 de diciembre de 1945, por la que se organiza la estadística oficial y se crea el INE", al establecer en su exposición de motivos que la función de "coordinación, que implica ordenación y dirección, no abarcará, por múltiples razones, la ejecución de todas las estadísticas, pero comprenderá una intervención amplia que evite la multiplicidad de trabajos con idéntico objeto, las faltas de método, y haga posible la comparación de los resultados". La misma ley, en su artículo segundo, dispone lo siguiente: "El INE tendrá como misión primordial la: centralización de las estadísticas de interés público. La centralización comprenderá, en unos casos, la realización por el INE de todas las operaciones del proceso estadístico, y en otros, sólo la ejecución de parte de ellas o la coordinación de las estadísticas, con miras de interés general y perfección. Los ministerios realizarán por sí mismos las estadísticas que consideren necesarias a sus propios fines, quedando facultado el Instituto Nacional de Estadística para ejercer una función general de carácter coordinador".

Alternativa global

Junto a este papel central del INE en el sistema estadístico español, que debería ser fortalecido no sólo mediante las oportunas dotaciones de medios organizativos, personales y materiales, sino también a través de la elaboración de una alternativa global y planes de actuación a corto y medio plazo suficientemente respaldados por los poderes públicos, es necesario que la estadística de los ministerios sea, asimismo, potenciada, con el fin de enriquecer el conjunto de la información disponible mediante la explotación de los datos de origen administrativo, ' en gran medida inéditos en nuestro país, y que en otros países de estadística avanzada constituyen una valiosa fuente de información complementaria de la obtenida de las investigaciones específicas, bien se trate de censos o de encuestas.

Esta distribución inicial de tareas estadísticas entre el INE, dedicado. fundamentalmente a la realización de censos, encuestas y cuentas nacionales, y los ministerios, encargados de la explotación con fines estadísticos de los datos que derivan de su gestión, no debe. implicar una compartimentación absoluta de funciones. Por el contrario, sería conveniente que el INE profundizara en la utilización de la información administrativa para la elaboración de sus estadísticas y que los departamentos ministeriales incorporaran métodos estadísticos adecuados al tratamiento de sus datos.

Las estadísticas laborales

En el artículo Las estadísticas en la hora de Europa se afirma que la dispersión de ' tareas induce a pensar al menos a los malevolentes, que "se persigue precisamente esa amigable proliferación de datos de la que siempre resulta aquel que se acomoda mejor a los deseos de los gestores económicos", aludiéndose, por ser un buen ejemplo, al desempleo y al "reforzamiento de la Dirección General de Estadística del Ministerio de Trabajo a expensas del funcionariado del INE".

Como responsable de la citada dirección general, considero obligado exponer algunas razones para demostrar que el ejemplo utilizado es malo, lo que lleva a restar validez a una argumentación que podría estar no exenta de razón en algunos de sus puntos.

Hay que decir, en primer lugar, que la Dirección General de Estadística a la que se alude es, en realidad, la Dirección General de informática y Estadística, creada en abril de 1985 con el objetivo de disponer de una unidad con capacidad efectiva de dirección, coordinación y planificación de uno de, los mayores parques informáticos de la Administración; coordinación necesaria no sólo en lo que se refiere a los medios físicos, sino también en cuanto a la información en sí misma, como un recurso que debe administrarse eficazmente. Con este objetivo se está elaborando un plan informático,o mejor de información, teniendo en cuenta, en primer lugar, las necesidades de los entes gestores del ministerio, organismos autónomos y Seguridad Social, y, en segundo lugar, las necesidades de información estadística que están siendo diseñadas por los servicios técnicos, en un trabajo de medio plazo que se superpone con las tareas de elaboración, de algunas estadísticas en todas sus fases, recopilación y análisis de otras, difusión de publicaciones periódicas, etcétera.

Desde comienzos de 1983i el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social ha venido potenciando los servicios estadísticos y centralizando tareas anteriormente dispersas, con el fin de elaborar y ejecutar un Plan de Estadísticas Laborales y de la Seguridad Social, basado en la adecuada explotación de la información derivada de la gestión administrativa.

. Una simple revisión de las materias contenidas en el Boletín de Estadísticas Laborales y en otras publicaciones monográficas del ministerio (paro registrado y movimiento laboral registrado, regulación de empleo, convenios colectivos, huelgas, accidentes de trabajo, conciliaciones, afiliación, pensiones, etcétera) permite deducir que el campo de actuación de las estadísticas elaboradas por el departamento no es redundante con el ámbito propio de las investigaciones del INE, si bien se precisa una colaboración estrecha en materias conexas para, precisamente, evitar redundancias.

Estadística estatal y autonómica

Hechas estas necesarias aclaraciones, volvamos al marco de la estadística oficial española y a la que, considero, debería ser la distribución de funciones entre los distintos organismos de las Administraciones públicas, y concretamente el INE, los departamentos ministeriales de la Administración central del Estado, las distintas consejerías de las comunidades autónomas y los servicios centrales de estadística que se están creando por algunos Gobiernos autonómicos,

Los departamentos ministeriales tendrían que cumplir una función importante como organismos ejecutores de planes sectoriales parciales dentro de un plan estadístico nacional debidamente coordinado por el IN-E. La potencialidad como fuente estadística de la información de origen administrativo no ha sido suficientemente desarrollada por haber sido organizada, en general, para resolver problemas específicos de gestión en práctica de conexión con las necesidades de información estadística existentes.

El papel de los delegados del' INE, en los ministerios, en la actualidad prácticamente vacío de contenido, tendría que ser claramente definido para que contribuyeran con eficacia a la función coordinadora que corresponde al instituto y a la canalización de las necesidades estadísticas hacia los sistemas de información orientados a la gestión.

Por lo que respecta a las comunidades autónomas, hay que recordar que la Constitución establece la competencia exclusiva del Estado en "la estadística para fines estatales", sin perjuicio de las competencias atribuidas por los estatutos de autonomía de las comunidades autónomas a las mismas en las estadísticas de interés propio.

En el ámbito de la estadística administrativa, el precepto constitucional aludido lleva a la conclusión de que las transferencias de la gestión de determinadas funciones y servicios no deberían implicar las de las estadísticas de interés estatal que de ellos se derivan, lo que significa que las comunidades autónomas deben suministrar a la Administración del Estado la, información de base relativa a las materias transferidas de acuerdo con la metodología establecida con carácter homogéneo, ya que en otro caso no sería factible su integración con el resto de la información para la elaboración de estadísticas de ámbito estatal, todo ello sin perjuicio de las estadísticas, relativas o no a materias transferidas, que las comunidades autónomas puedan elaborar para sus propios fines.

En lo que se refiere a las estadísticas laborales de origen administrativo, este principio ha sido plasmado, en general, en los propios decretos de transferencias, de tal forma que las comunidades autónomas suministran los cuestionarios normalizados relativos a las materias transferidas (convenios colectivos, regulación de empleo, huelgas,- cooperativas, etcétera), cumplimentados de acuerdo con las medologías existentes. En contrapartida, el Ministerio de Trabajó y Seguridad Social proporciona a las comunidades autónomas toda la información elaborada relativa a dichas materias y consulta a las mismas los cambios en la metodología de elaboración de las estadísticas que se están produciendo.

Para cerrar el círculo hay que aludir a las oficinas o servicios centrales de estadística creados en la mayoría de las comunidades autónomas con el objetivo de coordinar las estadísticas de la comunidad. La existencia de tales servicios es una consecuencia lógica de la organización autonómica del Estado.

En el campo de las estadísticas de origen administrativo que derivan de funciones transferidas, la captura del dato original corresponde- necesariamente a las comunidades autónomas y, en particular, a las consejerías que tienen encomendada la gestión, pero nada se opone a que en otro tipo de estadísticas, las encuestas, por ejemplo, que lleva a cabo el INE, se pueda convenir en algunos casos con las comunidades autónomas la realización por ellas de algunas fases de proceso, reservándose en todo caso la Administración del Estado, cuando se trate de estadísticas de ámbito estatal, la delimitación inicial de objetivos, la metodología y la supervisión del trabajo de campo en su caso.

Conclusiones

1. El INE tiene que ser potenciado para que cumpla con mayor eficacia que la actual su papel de organismo central y coordinador de toda la estadística oficial, cualquiera que sea el origen de los datos, lo que no pasa solamente por la elaboración de una ley de estadística que sustituya a la de 1945, sino también por el establecimienlo de un plan que no constituya un simple catálogo de buenas intenciones, sino que, previo análisis de las necesidades, lagunas, limitaciones y prioridades existentes, establezca un inventario de estadísticas a realizar, organismos ejecutores, además del INE, y relaciones entre los mismos, incorporando una evaluación, aunque sea aproximada, de plazos y medios para su implantación gradual.

2. En la medida en que los departamentos ministeriales deben desempeñar un papel significativo en la ejecución del plan estadístico nacional, los medios asignados a los mismos deben incrementarse, lo que, consecuentemente, lleva a la necesidad de aumentar las plantillas de los cuerpos estadísticos de la Administración y de establecer planes de formación o reciclaje para que los funcionarios de nivel auxiliar y administrativo se adapten a las tareas estadísticas.

3. En lo que se refiere a la Administración autonómica, y también a la local, tendrían que establecerse fórmulas de colaboración que concilien el ejercicio efectivo por la Administración del Estado de la competencia en "la estadística para fines estatales" con la satisfacción de las necesidades de información de tipo regional o local y la competencia que las comunidades autónomas tienen atribuida en las estadísticas para sus propios fines, evitando la redundancia de trabajos y las guerras de cifras.

En definitiva, el sistema estadístico español exige una potenciación y un plan de actuaciones, en cuya elaboración participen las diferentes- administraciones públicas y agentes sociales en el marco que proporciona el Consejo Superior de Estadística y en el que se definan las necesidades, las prioridades y la distribución de funciones entre los ejecutores del mismo.

Carmen de Mipel Castaño es estadística y directora general de Infomática y Estadística en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
_

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_